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En una nueva jornada de votación en el pleno de la Convención Constitucional, el órgano constituyente aprobó una serie de artículos del informe de... Convencional Alejandra Flores: “Prevenir la Corrupción es clave para el funcionamiento de un sistema político sólido”.

En una nueva jornada de votación en el pleno de la Convención Constitucional, el órgano constituyente aprobó una serie de artículos del informe de la Comisión de Sistema Político, pasando éstos a formar parte de la propuesta de Nueva Constitución, dentro de los cuales destaca la robusta regulación en materia anticorrupción, incluyendo los principios de Probidad y de Transparencia y la constitucionalización del Consejo para la Transparencia, institución autónoma que por primera vez estará amparada constitucionalmente.

En la etapa de deliberación del pleno, la convencional independiente de Tarapacá, Alejandra Flores Carlos, señaló que “considero un mínimo ético consagrar los principios de probidad y transparencia en el texto de la nueva Constitución así como un órgano autónomo como el Consejo de Transparencia”, llamando a aprobar los mismos. Indicando a su vez, que la confianza es un elemento clave tanto para el funcionamiento de un sistema político sólido y también para la sociedad.

Añadió que esta confianza «ha sido horadada por la corrupción en nuestro país y ha sido uno de los temas que impulsaron grandes movilizaciones en nuestro país, incluyendo las del estallido social,  porque no era sólo demandar Educación,  Salud o no más AFP, sino también rechazar prácticas de colusión y corrupción que aparecían por todos lados.” En este sentido, el Pleno de la Convención aprobó por una amplia mayoría de 126 votos el artículo 7 “La corrupción es contraria al bien común y atenta contra el sistema democrático”, mandatando al Estado para que tome “las medidas necesarias para su estudio, prevención, investigación, persecución y sanción”.

La Convencional destacó también, la aprobación de los artículos de transparencia, como el establecimiento del Consejo para la Transparencia, que en su contenido dice que “es  un órgano autónomo, especializado e imparcial con personalidad jurídica y patrimonio  propio, que tiene por función promover la transparencia de la función pública, fiscalizar  el cumplimiento de las normas sobre transparencia y publicidad de la información de  los órganos del Estado y garantizar el derecho de acceso a la información pública”.

Además se aprobó el artículo 8 que señala  “El Estado asegura a todas las personas la debida protección,  confidencialidad e indemnidad al denunciar infracciones en el ejercicio de la función  pública, especialmente faltas a la probidad, transparencia y hechos de corrupción”, garantizando con ello los derechos de quienes denuncien tan graves prácticas.

Fuerzas Armadas y de Orden

Por otra parte, se aprobaron artículos sobre Fuerzas Armadas, que dan término a la doctrina de seguridad nacional y a la lógica del enemigo interno y externo,  subordinándolas íntegramente al poder civil, estableciendo criterios de ingreso gratuito y sin discriminación, y estableciendo además que dichas instituciones “deberán incorporar la perspectiva de género en el desempeño  de sus funciones, promover la paridad en espacios de toma de decisión y actuar con  pleno respeto al derecho internacional y los derechos fundamentales garantizados en  esta Constitución”.

Dentro de dichos artículos destacan el artículo 15 sobre la Jefatura suprema de las Fuerzas Armadas y Política de Defensa Nacional, que explicita que a la o el Presidente de la República “le corresponde la conducción de la defensa nacional y es el jefe supremo de las Fuerzas Armadas. Ejercerá el mando a través del ministerio a cargo de la defensa nacional. La disposición, organización y criterios de distribución de las Fuerzas Armadas se establecerán en la Política de Defensa Nacional y la Política Militar. La ley regulará la vigencia, alcances y mecanismos de elaboración y aprobación de dichas políticas, las que deberán comprender los principios de cooperación internacional, de igualdad de género y de interculturalidad, y el pleno respeto al derecho internacional y los derechos fundamentales.”

Así mismo, también resalta la aprobación del artículo 16 que explicita que las Fuerzas Armadas (Ejército, Armada y la Fuerza Aérea) “son instituciones destinadas para el resguardo de la  soberanía, independencia e integridad territorial de la República, ante agresiones de  carácter externo, según lo establecido en la Carta de Naciones Unidas. Colaboran con  la paz y seguridad internacional, conforme a la Política de Defensa Nacional”. En el mismo artículo, las Fuerzas Armadas se definen como “instituciones profesionales, jerarquizadas, disciplinadas y por esencia obedientes y no deliberantes” en tanto, la educación militar se deberá fundar “en el respeto irrestricto a los derechos humanos”.

Relaciones Internacionales

Finalmente, el pleno de la Convención aprobó un artículo en materia de relaciones internacionales, estableciendo que éstas “como expresión de su  soberanía, se fundan en el respeto al derecho internacional, los principios de  autodeterminación de los pueblos, no intervención en asuntos que son de la jurisdicción  interna de los Estados, multilateralismo, solidaridad, cooperación, autonomía política e  igualdad jurídica entre los Estados” y compromete la promoción y respeto de “la democracia, el reconocimiento y protección de los Derechos Humanos, la  inclusión e igualdad de género, la justicia social, el respeto a la naturaleza, la paz,  convivencia y solución pacífica de los conflictos, y con el reconocimiento, respeto y  promoción de los derechos de los pueblos y naciones indígenas y tribales”

También el artículo señala que “Chile declara a América Latina y el Caribe como zona prioritaria en sus relaciones  internacionales. Se compromete con el mantenimiento de la región como una zona de  paz y libre de violencia, impulsa la integración regional, política, social, cultural,  económica y productiva entre los Estados, y facilita el contacto y la cooperación  transfronteriza entre pueblos indígenas.”

Frente a ello, la Convencional representante de Tarapacá, parte de Movimientos Sociales Constituyentes, señaló que «con esto se modifica completamente la lógica de las relaciones internacionales de nuestro país, y en lo que se refiere al contacto y cooperación transfronteriza entre pueblos indígenas, es importante para el pueblo aymara, dividido en tres países,  para que pueda transitar y mantener relaciones de cooperación e intercambio con otros pueblos hermanos como lo ha hecho de manera ancestral. Esperamos que estas relaciones sean fortalecidas con lo acordado en esta Convención, y se vayan implementando satisfactoriamente por el Buen Vivir de los pueblos”, finalizó.

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