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Las dos normas que no alcanzaron el quorum de 2/3  (103 votos) deberán volver a trámite en la Comisión. El Pleno de la Convencional... Pleno de la Convención aprobó en general 14 normas sobre Sistema Nacional de Justicia, rechanzando dos que no alcanzaron quorum de 2/3

Las dos normas que no alcanzaron el quorum de 2/3  (103 votos) deberán volver a trámite en la Comisión.

El Pleno de la Convencional Constitucional, en su sesión número 55, llevó a cabo su primera jornada de debate y votación de normas constitucionales. En la oportunidad, se revisó el primer informe entregado por la Comisión de Sistemas de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional, que contenía una propuesta de 16 artículos referidos a los “Principios generales del Sistema Nacional de Justicia”.

Los coordinadores de la comisión, constituyentes Vanessa Hoppe y Christian Viera, fueron los encargados de exponer al Pleno el informe.

Luego de cinco horas de debate, en el que 100 constituyentes intervinieron por un máximo de tres minutos cada uno, para apoyar o criticar las normas derivadas de la comisión, se dio inicio a la votación general de cada una de ellas por separado y se aprobaron por más de dos tercios, como establece el reglamento, 14 de los 16 artículos propuestos.

Estos plantean, entre otros, los principios de pluralismo jurídico; la independencia jurisdiccional, el acceso gratuito a la justicia, mecanismos colaborativos de resolución de conflictos (que logró el más amplio apoyo con 150 votos a favor y una abstención) y el derecho de acceso a la justicia.

En tanto, las dos normas rechazadas en general, porque no lograron el número de votos afirmativos exigido (103), correspondieron a:

  • Artículo 4 que propone establecer la inamovilidad de los jueces pero fija como edad tope los 70 años
  • Artículo 8 sobre ejecución de resoluciones, que permite que dicha ejecución sea solicitada no solo a la fuerza pública sino “a toda otra autoridad o persona” y, además, en materia de normas internacionales de Derechos Humanos, permitiría revisar las sentencias dictadas por los tribunales nacionales.

Ambas deberán volver a la Comisión de Justicia para que los constituyentes vuelvan a discutir y presenten una propuesta alternativa.

Al término de la votación, la presidenta de la Convención Constitucional, María Elisa Quinteros, manifestó que “estamos muy felices, la Convención avanza, hemos dado un paso gigante, histórico para los pueblos de Chile, en donde hemos empezado a votar en general las normas, las propuestas para la nueva Constitución. Vamos a seguir trabajando en los próximos días, ustedes vieron la gran mayoría que pudimos lograr y estamos muy felices por los logros alcanzados”.

En tanto, Vanessa Hoppe comentó que su mayor orgullo es la consagración del enfoque de género de los órganos que ejercen jurisdicción. Hoy empezamos a reconstruir un Chile con la participación de mujeres, con las diversidades sexo genéricas; seguimos intentando profundizar estos cambios”.

Mientras que, Christian Viera también manifestó su emoción ya que el quorum de los dos tercios es muy exigente. Quisiera señalar que esta es una regla democrática. Estamos muy tranquilos y tranquilas porque las normas que fueron rechazadas van a ser mejoradas, es una oportunidad para ofrecer un mejor texto”.

Las 14 propuestas aprobadas, que serán ahora discutidas en particular en la sesión del jueves 17 de febrero, son:

Artículo 1.- Función jurisdiccional

Artículo 2.-Pluralismo jurídico

Artículo 3.-Indepencia jurisdiccional, imparcialidad y exclusividad

Artículo 5.- Derecho de acceso a la justicia

Artículo 6.- Tutela jurisdiccional efectiva

Artículo 7.- Inexcusabilidad e indelegabilidad

Artículo 9.- Fundamentación y lenguaje claro

Artículo 10.- Acceso gratuito a la función jurisdiccional

Artículo 11.- Principio de responsabilidad jurisdiccional

Artículo 12.- Publicidad, probidad y transparencia

Artículo 13.- Principios de justicia abierta

Artículo 14.- Paridad y perspectiva de género

Artículo 15.- Plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad

Artículo 16.- Mecanismo colaborativos de resolución de conflictos.

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