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La Corte de Apelaciones de Iquique acogió recurso de apelación y ordenó al Servicio de Registro Civil e Identificación rectificar en la partida de... Corte ordena modificar certificado de nacimiento de hijo, permitiendo que padre sea reconocido como madre

La Corte de Apelaciones de Iquique acogió recurso de apelación y ordenó al Servicio de Registro Civil e Identificación rectificar en la partida de nacimiento de su hijo, el nombre y sexo de la demandante, quien se acogió a la ley que reconoce y protege el derecho a la identidad de género. El Patrocinio de la causa corresponde a la Asociación de Abogadas Feministas, ABOFEM Iquique que apeló al fallo de primer instancia el Juzgado de Familia en donde se había rechazado modificar el nombre y sexo rectificado de madre trans en certificado de nacimiento de su hijo, pasando de ser  padre, a madre.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Güiza Gutiérrez, Rafael Corvalán Pazols y Marilyn Fredes Araya– revocó la resolución apelada, tras descartar que el cambio de nombre y sexo de la recurrente de la partida de nacimiento de su hijo, afecte el interés superior del niño.

“Que, resolver como lo hecho el señor juez de la instancia, haría letra muerta el artículo 3° de la Ley 21.120 que ‘Reconoce y da Protección al Derecho a la Identidad de Género’ precepto que se intitula ‘GARANTÍA ESPECÍFICA DERIVADA DE LA IDENTIDAD DE GÉNERO’ y que además de señalar que toda persona tiene derecho a ser reconocida e identificada conforme a su identidad de género, una vez realizada la rectificación que regula esta ley, en los instrumentos públicos y privados que acrediten su identidad respecto del nombre y sexo, asegura y ordena que las imágenes, fotografías, soportes digitales, datos informáticos o cualquier otro instrumento con los que las personas figuren en los registros oficiales deberán ser coincidentes con dicha identidad».

Añade el fallo: «En definitiva, debe mirarse en un sentido integral que lleve a la persona que requiere que le sea reconocida su identidad de género y la rectificación de sexo y nombre registral, no sólo a ver modificada y rectificada aquello, sino que en todo documento o registro que se le identifique de esa manera y así lograr eficacia y congruencia con los fines y objetivos de la mentada ley”.

Para el tribunal de alzada: “(…) del mérito de autos, no se advierte que el motivo que justificaría el rechazo de la solicitud de la demandante, esto es, el interés superior del niño de autos, se vea afectado, sin perjuicio que no parece adecuado que la alusión al referido principio prime por sobre la identidad de género de la solicitante, por lo que teniendo especialmente presente lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 21.120, lo expuesto en estrados mediante sistema de teletrabajo por videoconferencia, valorado conforme las reglas de la sana crítica, habrá de ser revocada dicha decisión del juez de primer grado”.

La Corte revocó el fallo apelado y ordenó:

“1. Se oficie al Servicio de Registro Civil e Identificación a fin que el nombre y sexo rectificado de la demandante también sea modificado en la partida de nacimiento de su hijo.

2. De forma separada, por haberse rectificado el sexo y nombre de la demandante y para que sea concordante con su nueva identidad se modifique también la calidad de padre por la de madre en el certificado de nacimiento del hijo ya individualizado”.

ABOFEM

La causa fue patrocinada por ABOFEM Tarapacá, que valoró que «la Corte de Apelaciones de Iquique revocara el fallo del Juzgado de Familia en donde se había rechazado modificar el nombre y sexo rectificado de madre trans en certificado de nacimiento de su hijo».

«Así, le ordenó al Registro Civil a realizar la modificación, pasando de ser padre a madre. Con esto la Corte de Apelaciones reconoce los efectos integrales de la Ley de Identidad de género, extendiendolos a la filiación. Felicitamos a nuestras compañeras que trabajaron en esta causa que marca un hito más en el derecho a la identidad de las personas trans», indicaron las Abogadas Feministas.

fallo familia

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