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La Corte de Apelaciones de Iquique ratificó un fallo contra Chilexpress S.A., de $1.200.000 pesos por concepto de indemnización por lucro cesante para un... Justicia falló en favor de consumidor de Pozo Almonte. Recibirá más de 1 millón por lucro cesante

chilexpressLa Corte de Apelaciones de Iquique ratificó un fallo contra Chilexpress S.A., de $1.200.000 pesos por concepto de indemnización por lucro cesante para un consumidor de la comuna de Pozo Almonte, más una multa de 3 UTM ($135 mil pesos aprox.) por infracciones a la Ley de Protección del Consumidor.

El afectado, envió a través de la sucursal de Chilexpress de dicha comuna, un sobre destinado a su empleador en Antofagasta, que contenía una licencia médica por una extensión de 30 días. Pese a acordar que dicho envío se realizaría al día siguiente, la carta fue extraviada por el proveedor.

Tras constatar este hecho, el consumidor se dirigió a las dependencias de la empresa a presentar un reclamo. La oferta de compensación que recibió, fue el equivalente a 5 veces el costo del envío, es decir, $10.950 pesos, por lo que frente a esta respuesta, el trabajador acudió a la Dirección Regional del SERNAC ingresando un reclamo por “indemnización económica por el dinero que dejó de percibir de su sueldo”.

El SERNAC intentó lograr un acuerdo de entendimiento para poner fin al conflicto. Al no lograrlo, la Dirección Regional de Tarapacá se hizo parte en la primera denuncia en el Juzgado de Policía Local de Pozo Almonte.

Finalmente, el Juzgado falló a favor del afectado, indemnizado con la suma de $1.200.000 por lucro cesante y $2.190 por daño emergente. La parte demandada intentó apelar la sanción, pero la sentencia fue ratificada por la Corte de Apelaciones de Iquique.

Derechos de los consumidores

El servicio de encomiendas es muy sensible para los consumidores, pues se trata del envío de objetos que habitualmente tienen un alto valor personal.

En este sentido, es importante señalar que los consumidores tienen derecho a que se les entregue un servicio de calidad. Esto se traduce en que la encomienda llegue en las condiciones pactadas al destino, en los plazos establecidos, en buenas condiciones y que se cobre el precio informado.

Por eso, es importante que los consumidores se informen de cada una de las condiciones que las empresas de encomiendan ofrecen, por ejemplo, exigir que se le informe oportunamente: los tiempos de despacho, las condiciones de embalaje; cómo es el proceso de seguimiento de la carga; que mecanismos existen en caso de que el destinatario no pueda recibir el despacho y todos los aspectos relevantes y previos para contratar.

En caso de cualquier incumplimiento, las empresas deben responder. Pero en caso de producirse un problema y no obtener respuesta, los consumidores siempre pueden acudir a la justicia.

José Luis Aguilera, Director Regional del SERNAC mencionó que, “los consumidores tienen derecho a exigir las indemnizaciones que correspondan a todo el daño causado. Esto es, las molestias, las oportunidades de trabajo que perdieron, si lo enviado tenía un valor sentimental, o en este caso, la remuneración”.

Respecto de algunos reglamentos internos donde las empresas indican, por ejemplo, que el monto máximo de pago por daño directo en caso de pérdida es de una determinada cantidad de UTM, es importante destacar que la Ley del Consumidor (LPC) está por sobre esta normativa.

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