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Una misiva al Presidente de la República Gabriel Boric y al Ministro de Hacienda, Mario Marcel, para exigir que se gestionen “las acciones administrativas... Asociación de Funcionarios de la DGAC exigen que se aplique reajuste a todos los funcionarios de ese Servicio

Una misiva al Presidente de la República Gabriel Boric y al Ministro de Hacienda, Mario Marcel, para exigir que se gestionen “las acciones administrativas que correspondan para corregir reajuste de remuneraciones 2023 para las y los funcionarios Dirección General de Aeronáutica Civil,  DGAC”, suscribieron el Presidente y el Secretario de la Asociación de funcionarios de esa repartición, Javier Villarroel y Javier Norambuena respectivamente.

Según la misiva, la situación estaría afectando al 30,14% de los funcionarios y funcionarias se están viendo afectados/as. Pero señalan que esperan que se revierta y que además de la carta al Presidente y al titular de Hacienda, “hemos sostenido conversaciones con la Ministra de Defensa y su equipo para subsanar esta situación a través de una ley Miscelánea”.

Además, cuentan con el apoyo irrestricto de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF , que también ha realizado gestiones ante el Gobierno, Ministro de Hacienda y SEGPRES.

Javier Villarroel, que ejerce la Presidencia desde Iquique, señaló que “esperamos que esto sea una redacción de ley rectificatoria dentro de esta semana para dar solución a trabajadoras y trabajadores de la DGAC” y que no se siga con “la postergación del reajuste, ya que el espíritu de la ley no fue discriminar dentro de un mismo servicio como lo que nos ocurrió por estar afectos al sistema de remuneraciones de las FFAA. (DFL 1)”.

LA MISIVA

Para mayor comprensión, acá dejamos la carta dirigida por la Asociación Nacional de Funcionarios de la DGAC.

Excelentísimo Presidente

Sr. Gabriel Boric Font

Gobierno de Chile Presente

De nuestra consideración.

Teniendo a la vista los resultados de la aplicación de la Ley 21.526, correspondiente al otorgamiento del reajuste de remuneraciones para las y los trabajadores del sector público, que incluyó a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) como Servicio de la Administración Pública, y considerando la responsabilidad que a Ud. le cabe en la promulgación y publicación de las leyes, venimos a exigir que se dispongan las acciones administrativas pertinentes dentro del ordenamiento administrativo y jurídico para que se corrija la mencionada norma por haber afectado negativamente a los servidores de la DGAC.

En efecto, el texto de la norma mencionada trajo como consecuencia que el ajuste remuneracional para el presente año haya tenido resultados negativos para un porcentaje importante de funcionarios de esa Dirección General, quienes definitivamente no recibieron reajuste alguno o ese le fue absorbido por el o los mayores sueldos, todo debido a que la estructura de las liquidaciones de remuneraciones que debe aplicar dicha institución, las que se basan en el DFL (G) Nº 1 de 1997, cuya configuración de grados se encuentra en el Decreto Ley Nº 2.546 de1979 del Ministerio de Defensa Nacional, produciendo deformaciones graves, según las siguientes situaciones:

      1. En forma general, la remuneración global está conformada a partir de un sueldo base que sirve de plataforma para calcular las asignaciones, bonificaciones y otros estipendios complementarios, los que generan finalmente el sueldo bruto, cuestión que para quienes tienen la calidad de “A Contrata”, entre los grados 9 al 32, no representa desviación alguna; sin embargo, cuando se trata de servidores de “Planta”, a ellas y ellos se les aplica, por años de servicio, mayores grados de sueldo, hasta un total de tres grados superiores, los que compensan la falta de concursos o promoción, donde se provoca la deformación del reajuste, al habérseles aplicado el ajuste solo al “sueldo base”, desconociéndoseles el normal reconocimiento de sueldos superiores que en rigor son parte del sueldo en posesión, lo que paradójicamente produce como anomalía que funcionarios con mayor jerarquía reciban menos remuneración que aquellos con menor jerarquía.
      1. Por otra parte, el reajuste de los $ 264.000 que se aplicó a todas y todos quienes se encuentran entre el 8 al 1 de la escala del DFL (G) Nº 1, con sueldos mayores de $ 200.000, fueron reconocidos como un “bono” reajustable e imponible independiente, sin influir en las asignaciones, bonificaciones y otros estipendios complementarios, como debió haber ocurrido de manera que ello sea permanente en la globalidad de la remuneración, más cuando se pretende llegar al 12% real en DIC.2023, debiendo dejar patente que la Ley Nº 21.526 no establece que el monto de $ 264.000 tenga el carácter de bono.

En conclusión Excelentísimo Presidente, estamos en presencia de una norma legal que resultó mal redactada a la luz de la realidad de las y los funcionarios que se encuentran al amparo del Ministerio de Defensa Nacional, a quienes se les aplican las normas del DFL (G) Nº 1 de 1997, situación que nos obliga a demandarle se materialicen las gestiones administrativas pertinentes que permitan la generación de una ley corta que corrija íntegramente lo obrado sobre a quienes se les aplica el Decreto Ley

2.546 de 1979 del Ministerio de Defensa Nacional, lo que permitirá regularizar la aplicación del reajuste del 12% para el presente año.

En el sentido antes indicado, se requiere que el ente técnico del Ministerio de Hacienda defina con claridad de qué forma y a qué emolumentos afecta el monto reajustable fijo de $ 264.000; o, establecer que los funcionarios que percibieron en noviembre de 2022 un monto total neto igual o superior a $ 2.200.000 tendrán acceso al monto señalado, quedando todos los demás funcionarios con acceso al reajuste del 12% en forma íntegra y completa.

Para mayores antecedentes, a modo ilustrativo, a continuación se informa a Ud. el efecto de la aplicación de la Ley Nº 21.526 en el personal de la Dirección General de Aeronáutica Civil, según el siguiente detalle:

CASOS DE REAJUSTE

TOTAL

CASO 1: Funcionarios con reajuste completo. 3.456
CASO 2: Funcionarios de Planta con reajuste absorbido por el sueldo superior. 554
CASO 3: Funcionarios sin reajuste. 937
TOTALES 4.947

Del cuadro mostrado, Ud. podrá apreciar que el 30,14% de la dotación de las y los funcionarios no accedieron al reajuste completo.

Con la esperanza que Ud. tenga la sensibilidad y disponibilidad para disponer la urgencia para corregir este lamentable error de quienes redactaron el texto de la Ley 21.526, le saludan atentamente a Ud.,

Carta Nº 03.2023, Exigimos gestionar las acciones administrativas que correspondan para corregir reajuste de remuneraciones 2023 para las y los funcionarios DGAC

Carta Nº 04.2023, Exigimos gestionar las acciones administrativas que correspondan para corregir reajuste de remuneraciones 2023 para las y los funcionarios DGAC

 

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