Edición Cero

El Juzgado Laboral de Iquique decidió sancionar a la directora nacional del SernamEG, Carolina Plaza, Por malos tratos en contra de la exdirectora regional ... Directora Nacional de SernamEG deberá pedir disculpas públicas a exdirectora Tarapacá por daño moral, además de pagar millonaria suma

El Juzgado Laboral de Iquique decidió sancionar a la directora nacional del SernamEG, Carolina Plaza, Por malos tratos en contra de la exdirectora regional  de Tarapacá, la socióloga Pamela Hernández, el Juzgado Laboral de Iquique, sancionó a la Directora Nacional de esa repartición María Carolina Plaza Guzmán y le ordenó, como medida reparatoria, que le pida disculpas públicas; además del pago de alrededor de sesenta millones de pesos por daño moral y previsiones. Todo ello en el contexto de una demanda de tutela de derechos fundamentales.

La resolución indica que debe pedir las disculpas mediante una publicación en un diario de circulación regional donde manifieste su compromiso que “hechos tan lamentables se reiteren, mediante la creación de un ambiente laboral en que se respeten los derechos fundamentales de todas las funcionarias».

Además, el mismo escrito de petición de disculpas a la exdirectora regional, deberá ser publicado en la página web institucional.
El fallo se incorporó enfoque de género, indicando que para determinar el monto del daño moral contra la socióloga, “(…) habrá de tenerse, principalmente, en cuenta la edad de la trabajadora, el tiempo que debió estar expuesta al daño, la magnitud del mismo, su posición como autoridad regional y el ministerio que lideraba».
Vale considerar que Pamela Hernández Leiva, era, precisamente, la directora de un Servicio que tiene por objeto es la protección de las mujeres y la erradicación de todo tipo de violencia de género.

LA DEMANDA

La afectada, que en todo su desempeño sufrió una persecución permanente, acusa en la presentación que:

“La real causa del despido obedece a discriminación política, arbitraria e irregular de la autoridad, lo cual funda en que, a partir del 2 de enero de 2020, es presentada en reuniones públicas, doña Noelia Garrido Jorquera, como la actual Directora Regional (S) de SERNAMEG Tarapacá”.

Indica que la contratación se produjo en forma directa, sin cumplir los requisitos establecidos en la ley, y que, por el contrario, obedece a criterios de exclusiva confianza política de la Directora Nacional (S) del Servicio demandado, así como también, de la SEREMI de la Mujer de Tarapacá.

A juicio de la demandante, el despido “fue de carácter político y no, por falta de competencias, puesto que, el plazo de seis meses para pedir la renuncia conforme al artículo quincuagésimo octavo de la ley de Alta Dirección Pública, ya se encontraba caducado”.

En la demanda se indica:

“Manifiesta que se han vulnerado las garantías constitucionales de integridad psíquica, su honra, el derecho a recuperar su salud, la libertad de trabajo y que fue discriminada y acosada laboralmente por razones políticas, por haber sido contratada en el anterior gobierno y ser madre: hecho que le otorgó fuero maternal, impidiendo ser desvinculada durante los primeros seis meses de administración del actual Gobierno Acto seguido indica que existen indicios suficientes de las vulneraciones alegadas. 12 En cuanto a la indemnización compensatoria por daño moral, derivada de la situación de acoso laboral y clima laboral hostil, sostiene que se han visto severamente dañados su modo de vida, las relaciones familiares, sentimientos de pena, temor y angustia, y como corolario, verse sometida a un tratamiento médico psiquiátrico para sobrellevar la situación laboral a la que estuvo expuesta”.

LOS HECHOS

La demandante expresa en demandas presentadas con fecha 17 de enero de 2020 y 21 de marzo de 2020 que, asumió sus funciones como Directora Regional del Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género de Tarapacá, grado 6º Escala Única de Sueldos de la Planta de Directivos, el 2 de noviembre de 2017, a través del proceso de Concurso de Alta Dirección Pública realizado por el Servicio demandado.

Fue la primera Directora Regional a nivel nacional cuyo cargo fue proveído de esta forma y su nombramiento se extendía hasta el día 2 de noviembre de 2020.

A inicios de mayo de 2018, hizo uso de licencia prenatal, reingresando a su trabajo el 4 noviembre de 2019. A su regreso recibió la visita de la Directora Nacional de Servicio -en aquella época- Viviana Paredes, quien le comunicó que todo el equipo de trabajo de la Dirección Regional debía estar tranquilo, porque no se desvincularía a ningún funcionario.
Sin embargo días después fueron desvinculados 3 profesionales, Julia Gandarillas Güiza, Eduardo Reyes y Patricio Arriaza, asignados a la Dirección Regional. Ella, en calidad de Directora, no tuvo participación y no fue informada.

Sin embargo se le ordenó notificar la carta de no renovación al funcionario encargado de buenas prácticas laborales.
Siguiendo los conductos institucionales, se comunicó con el Jefe de Gabinete y envió un correo electrónico a su jefatura, haciendo presente su molestia por la decisión tomada, pero nunca recibió respuesta.

Acusa que durante el 2019 sufrió múltiples, sistemáticos y públicos actos de menoscabo laboral por parte de la SEREMI de la Mujer y Equidad de Género de Tarapacá, Milca Pardo.

De ahí para adelante fue marginada de todas las actividades oficiales. Por ejemplo, quedó fuera de los actos de conmemoración por el 8 de marzo, Día Internacional de la Mesa; y de la Mesa de Trabajo Técnica de Mujer y Minería, liderada por el SEREMI de Minería y de la Mujer. Al consultar a la SEREMI, le respondió: “que cuando me necesitara me iba a llamar”, lo que no ocurrió durante todo el año, entorpeciendo más su gestión.

Semana a Semana se comunicaba con el nivel central para pedir explicaciones, pero nunca tuvo respuesta. En agosto de 2019 vino a la región María Carolina Plaza, Directora Subrogante de SERNAMEG y la Subdirectora Nacional, continuando con menoscabos laborales.
Por esa fecha, la Directora Nacional (S), Plaza le llamó la atención con un tono de voz muy alto, delante del conductor del vehículo. Y así, se precipitaron una serie de hechos que la fueron menoscabando en su integridad como directora y en forma personal.

EL FALLO

Extracto de la sentencia del Tribunal Laboral de Iquique indica:

Que, se ACOGEN las denuncias por Tutela de Derechos Fundamentales, impetradas por doña PAMELA ALEJANDRA HERNÁNDEZ LEIVA, socióloga, con domicilio en xxxxxxx,  Iquique, en contra de SERVICIO NACIONAL DE LA 112 MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO, representado por su Directora Nacional (S) doña MARÍA CAROLINA PLAZA GUZMÁN, relacionadora pública, ambos domiciliados en calle Huérfanos Nº1219, Santiago, Región Metropolitana. En consecuencia, se declara que la demandada ha lesionado los Derechos Fundamentales de la actora, prevenidos en los artículos 19 Nº1 y Nº4 de la Constitución Política de República, incurriendo en acoso laboral en su contra, lo anterior, en relación con los artículos 2, 184 y 485 del Código del Trabajo, por lo que se condena a la denunciada a pagar a la denunciante -ambas partes debidamente individualizadas- las siguientes sumas, por los conceptos que se indican: .- $50.000.000.-, por concepto de daño moral .- $1.985.313.-, por concepto de 14 días de remuneraciones impagas, correspondientes a 12 días del mes de diciembre de 2019 y 2 días del mes de enero de 2020. II.-

Que, como medida reparatoria, la demandada deberá extender disculpas públicas a la trabajadora, la que deberá ser publicada en un periódico de circulación regional, mediante aviso, que deberá medir 5 x 10 centímetros, en un plazo no superior a 15 días, contados desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada; en los siguientes términos: “Directora Nacional (S) del Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género, Sra. María Carolina Plaza Guzmán, quien suscribe, ofrece disculpas públicas a la Ex Directora Regional de SERNAMEG Tarapacá, Sra. Pamela Hernández Leiva, por el maltrato que recibiera de parte de esta Autoridad. De la misma forma, se compromete a impedir que hechos tan lamentables se reiteren, mediante la creación de un ambiente laboral en que se respeten los derechos fundamentales de todas las funcionarias.”

Que, la sentencia deberá ser publicada por la demandada, en la página web del SERNAMEG. Asimismo, se ordena enviar copia del presente fallo a la Dirección del Trabajo, para su Registro, una vez que éste se encuentre ejecutoriado.

Que, habiéndose procedido a la vista conjunta de las causas RIT T-14-2020 y RIT T-79-2020, el resultado del juicio se hace extensivo a ambas causas, debiendo realizarse -un solo pago- a la demandante, de los montos referidos. VIII.- Que, no se condena en costas a la parte denunciada, por no haber resultado completamente vencida en juicio.

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