Edición Cero

Con la finalidad de cumplir con las obligaciones establecidas por la Ley de Reciclaje, los productores de productos prioritarios, deberán informar ante el  Ministerio... Medioambiente llama a industria regional a declarar los productos prioritarios, en el marco de la Ley de Reciclaje

Con la finalidad de cumplir con las obligaciones establecidas por la Ley de Reciclaje, los productores de productos prioritarios, deberán informar ante el  Ministerio del Medio Ambiente la cantidad de dichos productos que comercializaron en el mercado nacional durante el año 2017.

La  Secretaria Regional Ministerial del Medio Ambiente, Moyra Rojas hizo un llamado a  la industria regional para cumplir con la medida que obliga a los productores de productos prioritarios, a declarar su actividad en el marco de la Ley de Reciclaje. Esa información permitirá contar con una línea de base del volumen de comercialización de estos productos en la región  y conocer qué porcentaje de ellos se recupera para reciclar o darle otro tipo de valorización.

Asimismo, Rojas Tamborino destaco la importancia de informar dentro de los plazos establecidos “Hacemos un llamado a todos los productores a entregar información en la plataforma RETC a través de Ventanilla Única vu.mma.gob.cl para que puedan declarar el tipo de productos y lo que hicieron respecto de la valorización y el manejo del año 2017”, indicó.

En este registro, el Ministerio del Medio Ambiente asegurará la confidencialidad de los datos para el resguardo de la libre competencia entre las compañías.

PRODUCTOS PRIORITARIOS

Los productores de los siguientes productos son los que deberán declarar hasta el 31 de Agosto la comercialización  y a la gestión de residuos derivados de dichos productos prioritarios durante el año 2018.

Aceites lubricantes,  aparatos eléctricos y electrónicos,  Baterías, Envases y embalajes,  Neumáticos, Pilas, Diarios, periódicos y revistas

Para tal efecto,  aquellos productores de productos prioritarios que aún no se han registrados, deberán realizarlo a través de la  ventanilla única del Registro de Emisiones y Transferencias Contaminantes (RETC), vu.mma.gob.cl, y acceder a la plataforma de Responsabilidad Extendida del Productor (REP), donde deben hacer su respectiva declaración, también podrán asistir a las oficinas de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente en San Martín 255 piso 15, donde recibirán orientación para el proceso de inscripción.

ORIENTACIÓN

Los productores son aquellas empresas que introducen por primera vez un producto en el mercado nacional, destinado a su comercialización. Pueden ser fabricantes o importadores. En el caso de envases y embalajes, se considera productor a aquel que comercializa en el mercado un bien de consumo envasado o embalado.

La ley establece productos prioritarios debido a su consumo masivo, tamaño, toxicidad y porque son factibles de valorizar. Sobre ellos se establecerán metas de recuperación y valorización. Estos son: Aceites lubricantes, Aparatos eléctricos y electrónicos, Baterías, Envases y embalajes, Neumáticos, Pilas, Diarios, periódicos y revistas (no sujetos a metas).

Se debe declarar la cantidad de productos prioritarios comercializados en el país durante el año anterior, expresada en unidades, metros cúbicos o toneladas, según corresponda. Asimismo, la cantidad de residuos recolectados, valorizados y eliminados en el mismo periodo. Y las actividades de gestión recolección y valorización de residuos realizadas en el mismo periodo, indicando su costo y especificando si se realizaron de manera individual o asociada con otros productores.

Las declaraciones deben registrarse en línea en la ventanilla única del Registro de Emisiones y Transferencias Contaminantes (RETC), vu.mma.gob.cl, y acceder a la plataforma de Responsabilidad Extendida del Productor, donde deben hacer su respectiva declaración.

Los comentarios están cerrados.