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Trabajo colaborativo para promover cumplimiento tributario asociado al impuesto a los cigarrillos, mediante uso de dispositivos tecnológicos que verifican validez de cajetillas. Entre las... Impuestos Internos  y Aduanas inician Plan Especial de Fiscalización a la comercialización de cigarrillos falsos y de contrabando

Trabajo colaborativo para promover cumplimiento tributario asociado al impuesto a los cigarrillos, mediante uso de dispositivos tecnológicos que verifican validez de cajetillas.

Entre las acciones que contempla este Plan Especial destacan acciones de control en terreno a contribuyentes, según su clasificación de riesgo tributario, el envío de correos informativos preventivos a comercializadores de cigarrillos, la difusión de la app e-verifica, con la que la ciudadanía también puede hacer denuncias de productos falsos y la ampliación del control a todas las regiones del país.

Con el objetivo de combatir el comercio ilegal en el sector, especialmente por sus negativas consecuencias en la recaudación fiscal del país, la Directora del Servicio Nacional de Aduanas, Alejandra Arriaza, y el Director del Servicio de Impuestos Internos, Hernán Frigolett, dieron inicio al Plan Especial de Fiscalización a la Comercialización de Cigarrillos Falsos.

Para esto, ambas autoridades participaron en la demostración del uso de dispositivos tecnológicos que se usarán en terreno para verificar la validez de las cajetillas o si se trata de productos falsos.

En la ocasión, las autoridades detallaron que el Plan Especial de Fiscalización que desarrollarán de manera conjunta, incluye diversas acciones, entre las que destacan:

    1. Acciones de fiscalización en terreno. Se inician a partir del 1 de diciembre en Santiago, en una primera etapa, para replicarse luego en el resto del país, considerando a 400 contribuyentes priorizados por contar con antecedentes de venta de cigarrillos falsos en locales formalizados, que serán verificados.
    2. Comunicación masiva a comerciantes de cigarrillos. Se enviarán más de 15 mil correos electrónicos durante diciembre, a contribuyentes seleccionados de acuerdo a sus volúmenes de venta y clasificación de riesgo tributario, para promover su cumplimiento tributario, informando además de las sanciones a las que se arriesgan en caso de no cumplimiento.
    3. Difusión de la app e-verifica. Durante diciembre se reforzará la difusión de la app para dispositivos móviles e- verifica, para masificar su conocimiento, a través de diversos canales, incluyendo redes sociales para incentivar su uso en los segmentos de públicos priorizados, potenciando que la propia ciudadanía pueda certificar en forma rápida la validez de los cigarrillos comercializados, además de denunciar de manera anónima, cuando corresponda.
    4. Evaluación de resultados de primera etapa y aplicación en regiones. A partir de los resultados de la primera etapa de implementación de este Plan de Fiscalización se ampliará su ejecución, incorporando los aprendizajes obtenidos de su aplicación inicial. El objetivo es identificar atributos que permitan detectar establecimientos donde se comercialicen estos productos falsos, para incautarlos, aplicar las sanciones correspondientes, además de desincentivar su comercialización y contrabando.

En paralelo a estas acciones, gracias a la información disponible a partir del sistema de trazabilidad del tabaco, disponible en el país desde 2019, el SII continúa realizando controles automáticos a productores e importadores, verificando el correcto pago del Impuesto Específico a los Cigarrillos y también de otros impuestos, como IVA y Renta.

El Director del SII, Hernán Frigolett, destacó que “desde el SII trabajamos para enfrentar situaciones que dañan nuestro sistema tributario. Este plan considera la fiscalización en terreno a contribuyentes seleccionados por contar con antecedentes de venta de cigarrillos falsos en locales formalizados que serán verificados. También incluye el envío de correos preventivos a comercializadores de cigarrillos, la difusión de la app e- verifica, que permite que la propia ciudadanía pueda certificar en forma rápida la validez de los cigarrillos comercializados, y hacer denuncias, cuando corresponda. Todo esto es posible gracias a la implementación del sistema trazabilidad del tabaco, que nos entrega información clave para realizar análisis de datos que sirven de base para efectuar los controles que permitan verificar el correcto pago del Impuesto Específico a los Cigarrillos, IVA y Renta”.

Por su parte, la Directora de Aduanas, Alejandra Arriaza, señaló que “en el Servicio Nacional de Aduanas estamos trabajando en el desarrollo de programas de fiscalización que nos permitan proteger al país y a las personas de los distintos ilícitos que se puedan cometer y así disminuir el crimen organizado. Hoy estamos lanzando la fiscalización a la trazabilidad de los cigarrillos por el impacto que tiene este tipo de contrabando en la evasión tributaria. Nuestra meta es hacer una trazabilidad total, que la ciudadanía conozca los sistemas de seguridad, la importancia que tiene respetarlos y que se paguen los tributos correspondientes. Así protegemos también el comercio lícito desarrollado por empresas y emprendedores, sector generador de empleos”.

TRAZABILIDAD DEL TABACO

Desde 2019, las cajetillas de cigarrillos que se comercializan en el país deben contar con un sistema de marcación que permite distinguir productos falsificados de los originales y monitorear el correcto pago de los impuestos que se aplican al sector. Este sistema de trazabilidad fue adjudicado por licitación a la empresa SICPA.

La información que se genera tanto para la producción nacional como la importación, se envía en línea al SII, de manera encriptada y en formato electrónico, para el cruce de datos y el análisis de información respectivo, el que permite focalizar la ejecución de las acciones de cumplimiento tributario. Adicionalmente, la producción nacional destinada a la exportación también se encuentra registrada, para fines de control.

PRINCIPALES CIFRAS

En lo que va del año, en Chile la producción de cigarrillos supera los 418 millones de cajetillas para comercio interno, además de la importación de cerca de 39 millones de cajetillas. En el mismo periodo, se produjeron para exportación 350 millones de cajetillas.  De acuerdo a una encuesta realizada por MIDE UC en 2021, 16,1% de un total de 2.566 encuestados, consume marcas ilícitas. El 46% de este consumo ilícito corresponde a la macrozona norte, el 14% Santiago y el 11% a la zona Centro.

En materia de recaudación, de acuerdo a la legislación vigente los paquetes, cajas o envoltorios de cigarrillos pagarán un impuesto específico equivalente a 0,0010304240 unidades tributarias mensuales por cada cigarrillo que contengan, además de un impuesto de 30%, que se aplicará sobre el precio de venta al consumidor, incluido impuestos, por cada paquete, caja o envoltorio. Así, entre noviembre de 2021 y octubre de 2022, se logró una recaudación total por el impuesto a los cigarrillos de 1,120 billones de pesos.

Respecto a la detección de contrabandos de cigarrillos por parte del Servicio Nacional de Aduanas, el año 2021 se incautaron 12.561.411 cajetillas, con una evasión fiscal calculada de US$ 31.081.785, mientras que durante el 2022 ya se han incautado 13.024.019 y la evasión asciende a US$ 32.572.175. Las principales Aduanas donde se han realizado estos procedimientos son las de Arica, Iquique, San Antonio y Antofagasta.

SANCIONES

La Ley N° 21.336, que modifica la Ordenanza de Aduanas a partir de mayo del 2021, establece sanciones más estrictas para los delitos de contrabando, en especial aquellos productos que estén afectos a tributación especial o adicional, como son los cigarrillos, el tabaco y sus derivados, y cuando se trata de reincidencias.

Se establecieron tramos diferenciados. Así, cuando el contrabando sea menor a 10 unidades tributarias mensuales (UTM), la pena de multa será entre 1 a 5 veces el valor de la mercancía. En caso de reincidencia, se aplicará, además, la pena de presidio menor en grado mínimo (de 61 a 540 días).

Cuando el monto del contrabando sea entre las 10 y 25 UTM se aplicará una multa 1 a 5 veces valor de mercancía, además de la pena de presidio menor en grado medio (541 días a 3 años). Para los delitos de contrabando por sobre las 25 UTM la multa será de 1 a 5 veces el valor de la mercancía, y una pena de presidio menor en sus grados medio a máximo (541 días a 5 años).

En tanto, el Código Tributario establece sanciones a quienes ejerzan comercio sin cumplir las exigencias legales relativas a declaración y pago que graven su producción o comercio, con multa de 50% al 400% de los impuestos eludidos y con presidio o relegación menores en cualquiera de sus grados. También sanciona el comercio clandestino con una multa 1 a 10 UTAs y con presidio o relegación menores en su grado medio, además del decomiso de los productos respectivos.

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