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Homero Varela Aguirre, Administrador Público U. de Chile    En su edición del día 22 del mes en curso, en un diario local se nos informa... Nuevos avalúos del SII para el 2022

Homero Varela Aguirre, Administrador Público U. de Chile   

En su edición del día 22 del mes en curso, en un diario local se nos informa que, según el Servicio de Impuestos Internos, nuestra Región es la segunda tasa más alta del pago de contribuciones del país con un 8,4% de los pagos del último semestre, explicado por el aumento en el avalúo de las propiedades, quedando muchas de ellas fuera del monto que las exime de dicho pago.

Lo explica un profesional, académico de nuestra Universidad Unap, que el límite de avalúo fiscal exento subió este año  a $ 47.360.490.- conforme al reajuste que cada cuatro años efectúa el Servicio de Impuestos Internos; las viviendas van subiendo su valor y por inflación sube su avalúo. Al aumentar éste, son menos las que quedan en el tramo exento. Explica, además, que el que Tarapacá tenga la segunda mayor alza de estos pagos se debe a varios factores, como la construcción de viviendas nuevas, con mejor calidad, en lugares más escasos y más caros. En Iquique y Alto Hospicio se han construido bastantes casas que antes eran más económicas.

El caso es que este reavalúo del SII, que según la ley se realiza cada cuatro años, aumentó el tramo exento de $ 33.199.976.- del primer semestre de 2018 a $ 47.360.490.- vigente desde el primer semestre del presente año, es decir algo más del  ¡42,65 %!  Ello perjudica especialmente a las y los propietarios de viviendas adultos mayores y pensionados, que, este fin de semana, en los noticiero de la televisión, han salido a manifestar su opinión sobre la medida que para muchos más que un impuesto territorial es un impuesto expropiatorio, exponiendo que en años anteriores les ha obligado a solicitar préstamos para cumplir con el pago o para evitar que sus viviendas sean rematadas.

En los parámetros que el SII utiliza para determinar el avalúo de una propiedad, están el valor del metro cuadrado del territorio y su plusvalía en que está emplazada, la superficie construida y la calidad de la construcción de la vivienda; los que considera en cada reajuste cada cuatro años. Para una vivienda, que el primer semestre del año 2018, se le asignó un avalúo total, antes de aplicar el tramo exento, de $ 106.335.964.- donde al terreno se le asignó $ 57.164.400.- y a la vivienda $ 49.171.564.- al aplicar los nuevos valores para el primer semestre del presente año, el avalúo total queda en $ 156.813.354.- el terreno en $ 97.250.400.- y la vivienda en $ 59.562.954.

Lo anterior se traduce que  !el terreno se reajusta en un 70,1241 % y la vivienda en el 21,1329 %! en circunstancias que en el territorio en que se emplaza la vivienda, no hay una notable alza en la plusvalía del metro cuadrado, que justifique un reajuste tan elevado, toda vez que, a diferencia de lo que sucede en la Región Metropolitana, no hay notables inversiones privadas o estatales que signifique una gran plusvavalía, tales como líneas y estaciones de Metro, nuevas avenidas, nuevos condominios o nuevos malls. Y en caso de las viviendas, siempre se alza su avalúo, aún cuando no se modifique la superficie construida, pero no se considera su deterioro en el tiempo

Lo señalado en el párrafo anterior ha sido especialmente grave para adultos mayores y pensionados, que construyeron viviendas en comunas de la Región Metropolitana en terrenos agrícolas o que no tenían grandes precios del metro cuadrado y que posteriormente se fueron modernizando con gran avance urbano en conexiones de transporte público, grandes avenidas y tiendas, que les ha significado serios problemas en el pago del impuesto territorial.

El reajuste que este año ha implementado el Servicio de Impuestos Internos, cuando el país va saliendo dificultosamente de dos años de pandemia, recién recuperando empleos, con una inflación a nivel global que está obligando al gobierno a adoptar medidas urgentes de ayuda; estimo no ha estado acorde con esta realidad país. La Ley Nº 17.235, actualizada y refundida en el DFL Nº  1 de 1998 del Ministerio de Hacienda, sobre el impuesto territorial, establece los reavalúos cada cuatro años, pero también establece reajustes al inicio de cada semestre de cada año en el mismo porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor en el semestre inmediatamente anterior. Por tanto, tal como va hasta el momento la inflación, el próximo año será importante una nueva alza por parte del SII a los avalúos recién reajustados.

Se hace indispensable se modifique la citada Ley Nº 17.235, incorporando nuevos parámetros para la fijación de los avalúos, tales como la condición de pensionados y jubilados, aún cuando la Ley Nº 20.732 modificada por la Ley Nº 21.210, estableció rebaja en el impuesto territorial de viviendas de adultos mayores vulnerables económicamente, les afecta siempre los reajustes que se van produciendo y, de una buena vez, se les debe dejar exentos de esta carga tributaria.

El SII debiese tener una mayor coordinación con los municipios que le permitan una mayor y mejor fiscalización, para aplicar el impuesto territorial a quienes construyen en terrenos agrícolas y no les llega la recepción del respectivo municipio para el cambio de uso del suelo o simplemente no solicitan recepción de lo obrado en el municipio. Casos se han conocido últimamente de viviendas de agrado que por años no pagan este impuesto de beneficio directo a las Municipalidades.

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