Edición Cero

Su absoluto rechazo a la sentencia de tres años  dictaminada en primera instancia contra su secretario general, Edwin Marabolí Caipa, expresó la Central Unitaria... Cut en alerta con condena contra su secretario general, acusado de encender barricada en la carretera

La imagen corresponde a una de las fotografías que se utilizaron en la investigación.

Su absoluto rechazo a la sentencia de tres años  dictaminada en primera instancia contra su secretario general, Edwin Marabolí Caipa, expresó la Central Unitaria de Trabajadores, que, además, se mantendrá en estado de alerta, mientras se mantenga la medida judicial. El dirigente de los trabajadores fue condenado por»  impedir el libre tránsito de las personas y vehículos en caminos de uso público y  daños calificados», según informó la Fiscalía, lo que la CUT rechaza  señalando que lo que se busca, es criminalizar la acción sindical.

Confía la CUT que la medida se revertirá luego que se apele a la sentencia de primera instancia, ordenada por el tribunal, principalmente apuntará a las pruebas presentadas en contra del dirigente, consistente en una fotografía borrosa y lo señalado por un militar. La pena que afecta al dirigente, fue solicitada por la Fiscalía local.

Para manifestar su descontento, la CUT emitió una declaración pública:

La Central Unitaria de Trabajadores frente a la sentencia en primera instancia que recibió nuestro compañero EDWIN MARABOLI, secretario general de esta CUT señalamos.

Rechazamos absolutamente este fallo que no busca otra cosa que criminalizar la acción sindical, la protesta social y las legítimas e históricas manifestaciones del movimiento obrero.

Solidarizamos con nuestro compañero, pues solo lo están usando de chivo expiatorio para intimidar la acción social y mostrarlo como la cara negativa del movimiento que desencadenó el 19 de octubre del 2019 generando todas las instancias a las que nos vemos enfrentados el día de hoy como lo es la redacción de una nueva constitución.

Además creemos que las pruebas presentadas no son contundentes pues solo muestran una foto demasiado borrosa y el juez juzgó por el comentario de un uniformado que acusó a nuestro compañero.

Tratar como delincuente a los dirigentes sindicales o sociales que se manifiestan soberanamente en las calles, propiedad de todos y todas las chilenas solo puede interpretarse como una tiranía y dictadura camuflada nuevamente con la complicidad de las instancias judiciales como lo fue durante el periodo de 1973 a 1980 cuando la Justicia chilena miraba para otro lado mientras se violaban los derechos humanos en nuestro país y no tener aun la capacidad ni la voluntad de juzgar y condenar a los criminales fascistas que aun gozan de los beneficios estatales financiados por todos los chilenos, incluso los familiares de las víctimas.

Llamamos a los y las dirigentes sindicales y sociales a manifestar su apoyo a nuestro compañero, es a la clase obrera a la que condenan, es a los pobladores a quienes criminalizan, Es hora de decir basta a estas injusticias.

La Central se declara en estado de alerta mientras se mantenga esta medida que será apelada por que tenemos la conciencia limpia y tranquila que los procesos sociales no pueden detenerse, porque una fiscalía antojadiza manipulada por este gobierno fascista que ha utilizado instancia judiciales para criminalizar los movimientos sociales, pretenden mostrar a quienes representamos legítimamente los intereses y necesidades de los trabajadores como si fueran delincuentes frente a quienes hemos visto la cobardía con la que actúan estas fuerzas de orden generando mayor inseguridad social, caldo de cultivo para doctrinas fascistas que buscan pretextos para dominar con autoritarismo el sentir de la gente

FISCALÍA

Mientras, la Fiscalía emitió el siguiente comunicado:

Por el delito contra el orden público de impedir el libre tránsito de las personas y vehículos por caminos de uso público contemplado en la Ley de Seguridad del Estado y el de daños calificados fue condenado el acusado Edwin Marabolí Caipa a las penas de 3 años y un día y 61 días de presidio, respectivamente, luego que la Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos de la Fiscalía de Tarapacá lograra acreditar en el juicio oral su participación en el levantamiento de una barricada incendiaria en la ruta A-1, la mañana del 28 de octubre de 2019.

Gracias a la prueba presentada por el fiscal de foco Maximiliano Mariángel se dio por acreditado que el día de los hechos, cerca de las 07:00 horas, en el contexto de los desórdenes y manifestaciones producidas durante el denominado “Estallido Social”, el acusado llegó a bordo de su vehículo marca Mazda, modelo Tribute, junto con otros sujetos no identificados, hasta el kilómetro 400 de la ruta A-1, que une la ciudad de Iquique con el Aeropuerto Diego Aracena, lugar en donde se detuvieron en la pista que va hacia el sur y descargaron desde el maletero varios neumáticos, los que rociaron con un líquido acelerante, prendiéndoles fuego, bloqueando e impidiendo el tránsito y libre acceso a este camino público para luego huir del lugar.

Producto de la combustión de los neumáticos, la ruta A-1 resultó con daños en la carpeta asfáltica avaluados por el tribunal en la suma de $1.500.000.

En el juicio el fiscal presentó los testimonios de funcionarios de la Fuerza Aérea que pasaron por el lugar al momento de los hechos, logrando ver al acusado y captar imágenes de su vehículo y de la barricada incendiaria. También del personal del SEBV de Carabineros que realizaron la investigación, logrando identificar al acusado a través del vehículo y de información obtenida por las redes sociales; y de un representante de la concesionaria que informó de los daños producidos en la ruta.

Si bien la defensa del acusado solicitó su absolución, el tribunal consideró que en el juicio sí se dio por acreditada la participación del acusado en los hechos y que éstos configuraban los delitos de daños calificados, dado el monto del perjuicio ocasionado y que fueron provocados en una carretera de uso público; y el delito contra el orden público de la Ley de Seguridad del Estado, ya que “usando elementos incendiarios se destruyó, inutilizó e impidió el libre acceso a un camino de uso público, ilícito que se perpetró estando vigente un Estado de Excepción Constitucional en esta región”.

El condenado Edwin Marabolí Caipa, trabajador de una empresa minera y dirigente de la Central Unitaria de Trabajadores, deberá cumplir las penas de 3 años y un día y 61 días de presidio, otorgándole el tribunal el beneficio de libertad vigilada.

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