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El presidente regional de la UDI, Juan Lima, junto al alcalde de Alto Hospicio, Ramón Galleguillos, el candidato a diputado de la Alianza Por... Personeros de la Alianza por Chile convocan a realizar un campaña limpia respetando la ley

conferencia 2El presidente regional de la UDI, Juan Lima, junto al alcalde de Alto Hospicio, Ramón Galleguillos, el candidato a diputado de la Alianza Por Chile, Néstor Jofré y el concejal del municipio de Iquique, Álvaro Jofré , convocaron a todas las colectividades políticas de la Región de Tarapacá para que cumplan con el artículo 32 de Ley 18.700 de escrutinios y elecciones, nosotros pretendemos realizar una campaña limpia. No obstante, queremos que todos los candidatos tanto al Congreso como a los Consejo Regionales hagan una campaña lo más limpia posible.

“Nosotros estamos aunando esfuerzos a través de toda la región  para mantener la ciudad limpia y pretendemos que con al artículo 32 los alcaldes de todos los municipios de la Región de Tarapacá hagan uso de esa facultad que tienen para mantener su ciudad limpia. Eso es lo que nosotros pretendemos, como Alianza, hemos instruido a nuestros candidatos, para que no ensucien la ciudad”, aseguró Lima.

El presidente regional de la UDI, precisó que además hacen un llamado a los demás partidos, a los otros candidatos a que se sumen a esta gran cruzada que pretendemos realizar en estas elecciones 2013, “porque ya se estamos viendo, especialmente, en los paseos públicos y en todo lo que es la infraestructura pública, vemos que está siendo dañada, nosotros pretendemos consolidar el turismo en nuestra región, pero con estos rayados con propaganda electoral, que ya están por doquier en Iquique y en algunos pueblos del interior, estamos restando esa posibilidad, por eso instamos a no contaminar las ciudades y mantenerlas limpias”.

Lima, manifestó que el alcalde de Alto Hospicio, Ramón Galleguillos, comprendió muy bien lo que la Alianza quiere tanto para Iquique como para Alto Hospicio, donde ya ha comenzado a proceder y mantiene su ciudad limpia.

Juan Lima junto a Álvaro Jofré, ambos concejales  del Municipio de Iquique presentarán en el Concejo Municipal de hoy martes, la minuta con la petición que se haga cumplir el artículo 32 de la Ley 18,700 de escrutinios y elecciones, la que se entregará al alcalde Jorge Soria, para que se sumen a esta cruzada, “ que tiene como objetivo mantener la ciudad limpia, por eso queremos que para nuestro sector, tato para los independientes, como del sector de la Nueva Mayoría debe cumplirse la ley. Ley pareja no es dura, por lo tanto, nosotros nos vamos a sumar, pero también queremos que los otros candidatos se sumen en esta gran cruzada”.

Alto Hospicio

Por su parte, el alcalde de Alto Hospicio, Ramón Galleguillos, contó cómo está manejando el cumplimiento de la Ley 18.700 en su comuna, señalando que “Está muy revuelto el tema político, entonces, cualquier situación puede originar que un alcalde caiga en sanción, porque hay doble estándar. Si todos los comandos se pusieran de acuerdo no debería haber ningún conflicto, pero sí de uno de los comandos sale un candidato que va acusar a un alcalde por abandono de deberes, nos ponemos en guardia, porque hoy lo que ocurre en Iquique, es que hay abandono de deberes respecto a la ley de escrutinios y elecciones, porque los acaldes están mandatados por ley constitucional para respetar el estado de derecho y yo sé que nuestros candidatos, por lo menos en el caso de Hospicio, ya han sido notificados por el Juzgado de Policía Local de Alto Hospicio, en consecuencia en Alto Hospicio hay una ciudad limpia y ordenada. La Ley es clara, menos de un mes está autorizada la propaganda política, del 17 de octubre hasta 3 días del día de la elección, puntualiza que jefe edilicio de Alto Hospicio.

Artículo 32

Artículo 32 de la Ley  19884, señala que no podrá realizarse propaganda electoral con pintura, carteles y afiches adheridos a) los muros exteriores y cierros, sean éstos públicos o privados, salvo que en este último caso, medie autorización del propietario, poseedor o mero tenedor; como asimismo en los componentes y equipamiento urbanos, tales como calzadas, aceras, puentes, parques, postes, fuentes, estatuas, jardineras, escaños, semáforos y quioscos. Tampoco podrá realizarse propaganda mediante elementos que cuelguen sobre la calzada o que se adhieran de cualquier modo al tendido eléctrico, telefónico, de televisión u otros de similar naturaleza.

Las municipalidades deberán, de oficio o a petición de parte, retirar u ordenar el retiro de toda la propaganda electoral que se realice con infracción a todo lo dispuesto en este artículo. Los candidatos y los partidos políticos estarán obligados a reembolsar los gastos en que incurran las municipalidades en el retiro de dicha propaganda.

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