Tribunal Constitucional ratifica instrucción de compensar a clientes por cortes eléctricos
Actualidad 10 abril, 2013 Edición Cero
Cambio 21 /La resolución afirma que «todo proveedor es responsable, frente a sus clientes o usuarios, de la calidad del suministro que entrega». El Tribunal Constitucional (TC) ratificó la instrucción emitida por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a las empresas de distribución eléctrica, de compensar a sus clientes cada vez que se produzca un corte de servicio no autorizado.
La decisión del TC indica que «el inciso tercero del Art. 16 B de la Ley 18.410 impone a las empresas concesionarias de distribución de energía eléctrica, la obligación de compensar las interrupciones o suspensiones del suministro ‘de inmediato’, independientemente de que sean o no, responsables de la falla».
La resolución, dada a conocer a fines de la semana pasada, agrega que «todo proveedor es responsable, frente a sus clientes o usuarios, de la calidad del suministro que entrega».
El origen de este caso se remite al blackout, o apagón generalizado, que afectó a los usuarios entre Taltal y Chiloé, por varias horas, durante la noche del domingo 14 de marzo del 2010. Tras la respectiva investigación, la SEC concluyó que 117 empresas, de transmisión y generación, tuvieron responsabilidad en el corte, razón por la cual se les sancionó, y se instruyó a las distribuidoras para que compensaran, económicamente, a sus clientes por el tiempo sin suministro eléctrico.
El organismo fiscalizador aplicó este mismo concepto para los apagones generalizados del 27 y 28 de julio del 2010, y para otro que afectó al SING el 20 de noviembre del mismo año. De la misma forma, se instruyó el pago de compensaciones para el corte de suministro de 24 de septiembre del 2011.
Es importante consignar que luego de las sanciones de la SEC, en el caso del blackout de marzo del 2010, algunas distribuidoras recurrieron a la justicia, pero tanto la Corte de Apelaciones como la Corte Suprema, máximo tribunal del país, confirmaron las compensaciones que deben pagar las distribuidoras por este caso, ratificando la instrucción del organismo fiscalizador.