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Prensa Senado/El “vacío legal” que permite a las instituciones privadas de educación superior incurrir en el lucro; las “febles” facultades fiscalizadoras del Ministerio de... Ministro Beyer : “Así como la ministra Provoste no merecía la destitución, creo que yo tampoco”

Beyer JuicioPrensa Senado/El “vacío legal” que permite a las instituciones privadas de educación superior incurrir en el lucro; las “febles” facultades fiscalizadoras del Ministerio de Educación y las “características de jurado” que debe considerar el Senado al pronunciarse frente a la acusación constitucional contra el ministro de Educación, Harald Beyer, fueron algunos de los argumentos que usó la defensa para desestimar el libelo formalizado por la Cámara de Diputados.

En la oportunidad, intervinieron el suspendido ministro Harald Beyer y sus abogados Enrique Barros y Jorge Bofill quienes insistieron en el error de la formulación de cargos; las “incongruencias” que presenta el libelo; su carácter de “juicio político” y en las obligaciones de “jurado” que recaen en los senadores para discernir, es decir, garantizar el debido proceso.

Al respecto, la reflexión más directa la hizo el suspendido Ministro quien expresó que  “hay una dura contradicción entre los cargos que se me imputan y en lo realizado en estos 15 meses” en la cartera de Educación. “Soy el primero en reconocer mis errores, pero ninguno de ellos justifican esta acusación”.

Más aún indicó que “no hay nada en la acusación que supere el estándar de una crítica política” y expresó su confianza en que los senadores “evitarán hacer un juicio político” y agregó que “estoy convencido que las diferencias de opinión en materia educacional no se pueden zanjar a través de acusaciones». Asimismo aludió a su antecesora la destituida ministra de Educación Yasna Provoste y dijo que «así como la ministra Provoste no merecía la destitución, creo que yo tampoco”.

El secretario de Estado entregó una detallada cuenta de su gestión y precisó que desde el primer momento expresó la necesidad de avanzar en materia de facultades de fiscalización del MINEDUC, incluso aludió a dos mociones presentadas por senadores de oposición y que apuntan “a poner fin absoluto a las partes relacionadas en educación, es decir, hay aquí un claro reflejo que la Ley vigente permite tales transacciones” y, en esa línea tales mociones se incorporaron al debate sobre el proyecto que crea la Superintendencia de Educación.

Precisó que pese a sus limitadas facultades instó al Ministerio a fiscalizar las universidades privadas y aludió a la veintena de oficios que envió a las distintas instituciones para revisar sus estados financieros a través de la Ley de Transparencia. No obstante, aclaró que no tenía posibilidad de investigar o perseguir el lucro porque el MINEDUC no puede exigir o demandar información contable o financiera, “con lo cual se hace complejo comprobar el lucro”.

Asimismo aludió al caso del cierre de la Universidad del Mar como ejemplo de que su gestión tenía como eje central combatir el lucro “derivado de una legislación de la década de los 80”.

“Erosión de la Regla Constitucional”

A su turno, el abogado Enrique Barros, fundamentó su defensa haciendo énfasis en que “lo que está en juego no es solo la continuidad del ministro de Educación, Harald Beyer, lo más importante es que no se desnaturalice una institución” aludiendo así a la tesis de que una acusación constitucional es un mecanismo de “ultima ratio” que “no puede ser usada por mayorías políticas circunstanciales como una forma de sacar anticipadamente a las autoridades”. Eso sería erosionar la regla constitucional”, dijo.

El abogado precisó que “el asunto a juzgar es que se reprocha al Ministro Beyer  no haber fiscalizado el lucro pero la legislación actual no establece reglas para que las universidades privadas sean corporaciones sin fines de lucro y algunas explotan este vacío hace décadas. Por lo tanto, no hay infracción a la Ley sino un aprovechamiento de algunas  lagunas en la legislación. Entonces, “el sistema educacional requiere que se legisle para que se llene el vacío legal que durante 30 años ha regido en esta materia», dijo.

Argumentó que en las conclusiones de la Comisión Investigadora del Lucro de la Cámara de Diputados “ya se detectó la escasa regulación y falta de mecanismos para combatir el lucro” y reiteró que pese a que esta imputación es parte medular de la acusación, «nadie dice cuáles y dónde están» las facultades del Ministerio de Educación”.

Al respecto, puntualizó que “los funcionarios del MINEDUC no pueden forzar la exhibición de documentos o contratos de las universidades con terceros”. Recalcó que “sin esas facultades coercitivas no se puede exigir declaraciones ni menos iniciar investigaciones”. Tampoco se puede intervenir una universidad ni siquiera en situaciones tan graves como las ocurridas con la Universidad del Mar”.

Junto con afirmar que la acusación “es completamente desproporcionado”  indicó que el cargo que se hace sobre la violación del principio de probidad, por parte de los acusadores «se basa en una supuesta falta de verdad en el cierre de la Universidad del Mar. No solo es incorrecto, sino totalmente infundados”. Al respecto, mencionó que no se puede acusar de mentir al ministro Beyer cuando en realidad lo que hizo “fue una interpretación y dio una opinión jurídica”.

“Garantías y Estándares mínimos para juzgar”

El abogado defensor Jorge Bofill puso énfasis en explicar los alcances jurídico-legales del pronunciamiento que debe emitir el Senado en su calidad de “jurado”. Enfatizó que la responsabilidad que se pueda imputar a un ministro de Estado es fundamentalmente jurídica y no política, ya que “son un tribunal”, dijo.

Asimismo pidió tener en consideración que la regulación que establece la Constitución y la Ley Orgánica del Congreso,  “como es sabido, no regulan exhaustivamente la Acusación Constitucional ya que eso debe realizarse con apego a las normas generales de juzgamiento de una persona, es decir, la garantía del racional procedimiento o del proceso fundado”.

Precisó que “esta misma garantía está contenida en diversos tratados internacionales sobre Derechos Humanos y garantías del debido proceso y que Chile ha suscrito”. Agregó que “existe consenso universal en torno a que esto constituye estándares mínimos en un Estado de Derecho y deben ser aplicados en todo tipo de derecho”.

A su juicio, “tales exigencias no se cumplen y por eso la acusación deberá ser desechada en todas sus partes porque está viciada”. De este modo el abogado Bofill detalló las «incongruencias» que existen entre el texto de la acusación y su petitorio, y consideró que «éste es un libelo que no tiene los más mínimos estándares para juzgar a una persona en Chile».

Réplica

Al momento de la réplica el diputado Fuad Chahín se refirió al cargo de vicio de nulidad alegado por la defensa de Beyer, señalando que el momento procesal para pronunciarse sobre él, era en la Cámara de Diputados que es la encargada de declarar la admisibilidad de la acusación, puesto que el Senado actúa como jurado.

Agregó que en ninguno de los tres puntos que tenía la cuestión previa formulada por la defensa del suspendido ministro en la Cámara de Diputados se planteó el “error de citas” del petitorio, señalando que se está frente a un “error común” y que si bien los diputados que votaron favorablemente la acusación asumieron dicho error, “el Senado, en tanto jurado, no está facultado para declarar nula la acusación”, puesto que sólo debe pronunciarse a favor o en contra y en el mérito de cada capítulo.

En tal sentido dijo que “podemos estar de acuerdo en que es necesario mejorar nuestro ordenamiento jurídico y en mejorar la institucionalidad para cumplir esas normas (prohibición de lucro), pero no podemos estar de acuerdo en que mientras eso no se haga no se cumplan las atribuciones de fiscalización que se tengan”.

Asimismo, desestimó los argumentos de la defensa en cuanto a que el estándar de convicción que tenga el Senado deba ser idéntico al que se alcanza en sede civil o penal, argumentando que en la Cámara Alta se debe votar en conciencia.

Duplicado: Principio de Legalidad

Lo anterior, fue refutado por el abogado Jorge Bofill durante la dúplica, argumentando que ello atenta contra el principio de legalidad. Agregó que en ningún caso la defensa está pidiendo que se anule la acusación, sino que se rechace. Señaló que el hecho de que la defensa no se haya referido a los errores en el proceso que tuvo lugar en la Cámara de Diputados, no impide que lo hagan durante la etapa que se lleva en el Senado. Agregó que “no hay mérito para acusar el ministro Beyer” y precisó que la acusación carece de todo fundamento, pues se ha pedido que se declare la culpabilidad por haber infringido materias que corresponden a otro Ministerio.

“La acusación está viciada y tiene que ser rechazada” dijo el abogado tras señalar que los diputados admitieron la existencia del “error”, lo cual podría forzar al Senado a aprobar una acusación constitucional cuyos cargos van más allá de lo solicitado por la Cámara de Diputados.

En tanto, el abogado Enrique Barros manifestó que se ha generado injustamente la expresión que quienes voten en contra de la acusación, estarían por el lucro. “Este libelo en contra del ministro Beyer no es en contra del lucro de la educación”, dijo tras señalar que aprobar la acusación sería “una injusticia” y “condenar a un inocente”.

Indicó que es de “imbéciles felices” buscar una víctima que permita, como rito de expiación, justificar los incumplimientos del país en el sistema educacional.

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