Edición Cero

Ricardo Balladares Castilla.-  Actualmente en Chile las franquicias tributarias asociadas a las zonas francas se encuentran reguladas principalmente por el DFL 2 que aprobó... Propuesta constitucional: Un disparo en contra de la Zona Franca.

Ricardo Balladares Castilla.- 

Actualmente en Chile las franquicias tributarias asociadas a las zonas francas se encuentran reguladas principalmente por el DFL 2 que aprobó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley nº341, de 1977, del Ministerio de Hacienda, sobre zonas francas y por otras leyes específicas para las regiones sujetas a este régimen y los reglamentos de Hacienda.

Sin embargo, la propuesta constitucional que se plebiscitará este 17 de diciembre hace un cambio significativo con consecuencias insospechadas, que generarían incertidumbre a los habitantes de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Magallanes. El texto propuesto viene a establecer en su artículo 16 numeral 33, que el régimen de zona franca deberá ser aprobado por una ley de quórum calificado y que los costos de las franquicias deberán detallarse en la ley de presupuesto año a año.

Actualmente la Ley de Presupuesto no es el instrumento donde se detallan las franquicias tributarias, sino que principalmente se enfoca en la distribución de los recursos del Estado para el año fiscal correspondiente, incluyendo ingresos y gastos proyectados por el Ejecutivo.

El costo de las franquicias tributarias de zonas francas, si se reflejara en la Ley de Presupuesto, pasaría a considerarse como un ingreso negativo o una «renuncia fiscal» más que como un gasto. En términos de contabilidad fiscal, esto se debe a que dicha franquicia no implica un desembolso directo de fondos por parte del Estado, sino una pérdida de ingresos tributarios que el Estado deja de percibir debido a las exenciones y beneficios tributarios otorgados en estas zonas.

Como bien sabemos, las franquicias tributarias de zona franca, como las que operan en Iquique (Zona Franca de Iquique, ZOFRI) y Punta Arenas (Zona Franca de Punta Arenas), ofrecen distintos beneficios tributarios a las empresas que operan dentro de estos recintos y a las personas que habitan en estas zonas. Tales beneficios incluyen exenciones o reducciones en impuestos de importación, IVA por ventas y servicios, y otros tributos aduaneros con el fin de fomentar la inversión y el desarrollo económico, los que han jugado un rol clave en el crecimiento y diversificación económica de dichas regiones.

La implicancia de la incorporación de los costos de las franquicias tributarias en la ley de presupuesto significaría que el beneficio fiscal que estas regiones gozan podría ser evaluado año a año en relación con otras necesidades y prioridades nacionales. Esto traería consigo el riesgo de que el reconocimiento de estos costos lleve a una reducción significativa de los incentivos ofrecidos, lo cual podría desincentivar la inversión en las regiones beneficiadas. Así mismo, incluir estos costos en la ley de presupuesto afectaría la cantidad de fondos disponibles para iniciativas regionales, ya que, la “renuncia fiscal” o el ingreso negativo debería igualarse al gasto público.

De esta forma, los presupuestos regionales podrían verse presionados si una porción de estos debiera destinarse a compensar los ingresos fiscales que el Estado deja de percibir debido a estas franquicias. Este nuevo mecanismo afectaría, sin lugar a dudas, los ingresos regionales y las transferencias del gobierno central a cada región en cuestión, afectando proyectos de inversión, servicios públicos y beneficios sociales, golpeando fuertemente el desarrollo económico regional. Esto tendría graves consecuencias en la competitividad, el empleo, la inversión extranjera directa y la provisión de servicios sociales en salud, vivienda y obras públicas.

Por otra parte, para Arica, Tarapacá y Magallanes, zonas que dependen significativamente del comercio y la actividad portuaria potenciada por las zonas francas, cualquier reducción de los incentivos fiscales o en su presupuesto regional podría tener repercusiones negativas sobre el comercio, la inversión extranjera, el empleo local y la calidad de vida.

En tal sentido, la evaluación del impacto de la inclusión del costo de las franquicias tributarias de zona franca en la ley de presupuesto es un proceso riesgoso para los habitantes de las regiones bajo un régimen franco. Es crucial, antes de votar, que los ciudadanos y ciudadanas de estas regiones realicen un análisis profundo que pueda sopesar la necesidad de equidad y eficiencia en el gasto público con el mantenimiento de las condiciones que han permitido a las regiones de Tarapacá, Arica y Magallanes desarrollarse y competir a nivel nacional e internacional.

Las zonas francas han sido vistas como una importante herramienta de descentralización económica, ayudando a reducir las disparidades entre la capital y las regiones extremas, pero este nuevo texto constitucional es un disparo directo al corazón del desarrollo regional y el régimen franco. Otra importante razón para votar En Contra.

Los comentarios están cerrados.