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La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó los recursos deducidos por el Consejo de Defensa del Estado y la parte demandante, en contra de... Corte de Iquique confirma fallo que ordenó al Fisco indemnizar a la familia del joven José Vergara, desaparecido en Alto Hospicio a manos de Carabineros

La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó los recursos deducidos por el Consejo de Defensa del Estado y la parte demandante, en contra de la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de perjuicios por falta de servicios a la familia de José Vergara, joven desaparecido en Alto Hospicio, a manos de carabineros.

En el fallo (causa rol 292-2023), la Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mónica Olivares Ojeda, Pedro Güiza Gutiérrez y Andrés Provoste Valenzuela- descartó motivos para revocar el fallo, confirmando el pago de $110.000.000 millones a los familiares del joven desaparecido, hecho por el cual en 2018 fueron condenados cuatro funcionarios de Carabineros por el delito de secuestro simple.

“Precisados los elementos fácticos sobre los que recae la presente acción civil de falta de servicio, corresponde señalar que no existe motivo para revocar la sentencia como lo ha pedido el Fisco de Chile”, establece el fallo.

“Desde luego no existe porque parece curioso, por decirlo de alguna manera, que en la causa de naturaleza penal el Fisco de Chile haya adherido a la acusación fiscal por secuestro calificado y por falsificación y uso malicioso de instrumento público falso, y hoy pretenda sostener que los funcionarios de Carabineros no incurrieron en una falta de servicio, sobre todo porque, más allá de las características de salud mental de la persona, del tiempo que permaneció en el carro policial, y del obrar posterior de los funcionarios de Carabineros, aquel, a petición de la pareja de su padre, fue sacado de su domicilio, subido a un carro policial, pero no fue puesto a disposición de autoridad alguna, dejándolo en un lugar apartado de Alto Hospicio, sin que hasta la fecha alguien lo haya encontrado”, continúa.

En cuanto al recurso de la parte demandada, “no resiste análisis porque todas las probanzas que en su opinión la sentenciadora no consideró sí fueron examinadas, basta leer el fallo para corroborarlo”, sostiene.

Fallos:

Ver fallo Corte de Apelaciones 
Ver fallo Corte de Apelaciones 
Ver fallo Primera Instancia 

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