Carlos Graña Sarmiento, periodista.
La Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) alertó que la ley «Ley Naín-Retamal», en su apartado sobre la legítima defensa privilegiada para las policías, contraviene el derecho internacional.
La iniciativa despachada el 29 de marzo del 2023 , por la Cámara de Diputadas y Diputados y que el Senado votará , se trata de la fusión de los proyectos «Ley Naín» y «Ley Retamal»: el primero aumenta las penas por delitos cometidos contra funcionarios de Carabineros, la Policía de Investigaciones y Gendarmería, mientras que el segundo establece la legítima defensa privilegiada en actuaciones vinculadas al ejercicio de la función policial.
Ambos proyectos tuvieron su origen tras la muerte de dos carabineros: el cabo Eugenio Naín, quien murió el 30 de octubre de 2020 cuando concurría en una patrulla policial a un procedimiento en la Ruta 5 Sur, en Padre Las Casas (La Araucanía), y fueron recibidos con disparos; y el sargento Carlos Retamal, fallecido el 11 de octubre del 2022 producto de un fatal golpe con un fierro que recibió durante la fiscalización de una carrera clandestina en San Antonio (Valparaíso).
El jefe de ONU Derechos Humanos en América del Sur, Jan Jarab, sostuvo que las disposiciones sobre la legítima defensa privilegiada «no se ajustan al derecho internacional de los derechos humanos».
«La seguridad es un derecho humano que el Estado debe garantizar, y para ello la labor de las policías es fundamental. Pero el objetivo legítimo de fortalecer el combate al crimen no puede abrir espacios a nuevas violaciones de derechos humanos o a la impunidad», advirtió .
Asimismo, considera que no es preciso señalar que la «legítima defensa privilegiada» habilitará la utilización de armas letales, pues las policías ya tienen esta facultad. Jarab explicó que, «en lugar de dotar a las policías de herramientas más eficaces para su función, la propuesta reduce la rendición de cuentas, obstaculizando el acceso a la justicia para las víctimas de eventuales abusos y favoreciendo la impunidad».
En particular, a la Oficina le preocupa la introducción de un criterio subjetivo del funcionario para la legítima defensa privilegiada que aplicaría en casos que involucren a dos o más personas. «Esto es especialmente problemático en el contexto de protestas, donde el uso de armas letales es altamente riesgoso», expresó el representante.
Para la ONU, lo propuesto también afectaría desproporcionadamente a individuos o grupos con menor acceso a recursos y asistencia legal, al entregar la carga de la prueba a las víctimas y familiares de casos donde se investigue un uso indebido de la fuerza.
Lamentando que «un proyecto con tal impacto en los derechos humanos se tramitara de forma acelerada en la Cámara de Diputados, sin participación de especialistas independientes o de la sociedad civil», Jarab pidió a las autoridades chilenas modificar la ley para armonizarla con sus obligaciones internacionales de derechos humanos.
En ese sentido saludó la indicación presentada por el Gobierno para acotar y regular de mejor manera el asunto, y alentó al Senado «a dedicar la atención necesaria a esta discusión y a escuchar a distintos actores, con miras a que el resultado sea compatible con las obligaciones internacionales de Chile en derechos humanos».
A esta denuncia, realizada por los organismo internacionales, se sumó un llamado de las organizaciones sociales y de derechos humanos, que alzaron su voz ante la agenda la agenda policial conjunta del gobierno y la oposición , y apelaron a no permitir , que nuevamente en la historia de nuestro país se utilice a las fuerzas armadas y policiales para resolver , mediante la represión y la restricción de las garantías democráticas más básicas , problemas y conflictos de orden político , social y económico.
La aprobación del primer trámite de está ley , en la forma en que se encuentra, puede ser utilizada para violar los derechos humanos, en un país que vivió 17 años bajo dictadura, donde las fuerzas armadas y policiales, tenía pleno poderes. Este régimen que se implantó en Chile, el 11 de septiembre de 1973 , y finalizó el 11 de marzo de 1990, dejó un saldo de 40.000 víctimas y 3.000 personas que se encuentran desaparecidas o fueron asesinadas .
La nueva normativa da atribuciones excesivas y puede favorecer la impunidad de las policías. Debe recordarse que la seguridad ciudadana es un derecho , y que no por ejercer el orden público se coartarán libertades o se pasarán a llevar los derechos fundamentales de la ciudadanía. No se puede imponer una Ley centrada en una concepción autoritaria de la seguridad. Este proyecto de Ley no apunta a los temas de fondo de seguridad como combatir el crimen organizado o fortalecer la inteligencia al interior de las policías. En Europa y Estados Unidos la policía no puede utilizar sus armas sin control.
La Onu quiere gobernar Chile desde EEUU, Que facil es opinar sin estar en los zapatos de los afectados. Necesitamos una policía distinta, porque los delitos están siendo cometidos por inmigrantes ilegales que no trepidan en matar a un carabinero como ocurrió con la Suboficial Rita Olivares Mayo., con el Cabo Daniel Palma, con los cabos Sebastian Naim y Carlos Retamal, Carlos Graña es un seudo periodista al servicio del zurdismo internacional, que no conoce la palabra patria,