DGA Tarapacá multa con $54 millones a Aguas del Altiplano por extracción no autorizada en sector de Aprovechamiento Común de Pica
Actualidad 26 abril, 2023 Edición Cero
La empresa sanitaria operaba un sondaje sin el debido derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas en ese Sector Hidrogeológico el cual se encuentra como zona de prohibición desde octubre de 2018.
Una multa de 875 UTM, que corresponde a más de 54 millones de pesos, exactamente $54.589.500 aplicó la Dirección General de Aguas de Tarapacá, (DGA) a la empresa Aguas del Altiplano S.A. por extracción no autorizada de aguas subterráneas en la comuna de Pica y además ordenó retirar las obras de captación utilizadas para tal efecto como resultado de un proceso de fiscalización.
El Director Regional de Aguas, Felipe Tapia, señaló que el 19 de octubre del 2022 se realizó una visita inspectiva al sector de Chitanguay, con el objeto de verificar el cumplimiento a la normativa referente al Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE) por parte de la empresa. En el lugar se verificó la existencia de una captación de aguas subterráneas que no contaba con los derechos de aprovechamiento correspondientes. En consecuencia, se dio apertura a un proceso fiscalización en el cual mediante un Informe Técnico de Fiscalización elaborado por la DGA, se ratificó que el sondaje no contaba con derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas.
Cabe señalar que dicho pozo se ubica en la cuenca hidrográfica Pampa del Tamarugal, en el Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común (SHAC) de Pica, el cual fue declarado como zona de prohibición para nuevas explotaciones de aguas subterráneas a través de la Resolución DGA Tarapacá N° 03 de octubre de 2018, debido a que la disponibilidad del recurso hídrico se encuentra totalmente comprometida tanto en carácter de definitivo como provisional, por lo que no es posible constituir nuevos derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas.
Por lo anterior, la DGA Tarapacá aplicó una multa de 500 UTM en conformidad a lo establecido en los artículos 173 y 173 ter de Código de Aguas, por extracción de aguas no autorizada, con la agravante de cometerse en un área de prohibición, dando origen al incremento de la multa a 875 UTM.
Junto con la sanción a beneficio fiscal, se ordenó a Aguas del Altiplano retirar de la operación al pozo que no cuenta con derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas en un plazo no mayor a 90 días corridos.
Tapia agregó que el presente año la DGA Tarapacá está ejecutando un programa de Acciones de Fiscalización, en el cual se estableció un mínimo total de 58 acciones de fiscalización. Las que comprenden resolver los expedientes de fiscalización 2023 y los que se arrastran de años anteriores, constatar las medidas ordenadas a las personas y empresas fiscalizadas, elaborar fichas de verificación de obras para resolver recursos de reconsideración del listado anual de patente por no uso (cobro por no tener la obra de captación para ejercer el derecho de aprovechamiento de agua) y elaborar informes a petición de otros organismos del Estado para procedimientos investigativos.
Finalmente, Tapia recordó que el fin último de la fiscalización no es aplicar multas para recaudar fondos para el fisco, sino más bien, disuadir a las personas de actuar según el marco legal que establece el Código de Aguas y quienes no estén cumpliendo con la normativa corrijan las desviaciones, y así proteger la sustentabilidad de las fuentes de aguas subterráneas y superficiales.
Deben consensuar el uso de estos pozos pues la empresa de aguas de una u otra manera también contribuye a un eficiente manejo de las aguas ,su aprovechamiento y manejo de deshechos que no todos realizan.
Es como sacarle un pelo a un buey pero Moya no pagá sí no él pueblo paga subirán las tarifas y asunto arreglado así no más