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Esta es la primera vez que se formaliza a un efectivo policial, en el contexto de querellas tras el estallido social. Querellantes difieren de... Formalizan a Comisario por ocasionar lesiones graves por impacto de perdigón en el ojo, a joven manifestante de Alto Hospicio

Esta es la primera vez que se formaliza a un efectivo policial, en el contexto de querellas tras el estallido social.

Querellantes difieren de calificación jurídica señalando que se configura el delito de APREMIOS ILEGÍTIMOS.  Esta es la primera vez que se formaliza a un efectivo policial, en el contexto de querellas tras el estallido social.

Anyelina Rojas V.- Con arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima, quedó el Mayor de Carabineros de la Tercera Comisaría de Alto Hospicio, LMR, tras ser formalizado por la Fiscal  Virginia Aravena,  por lesiones graves y haber provocado trauma ocular a un joven hospiciano, LBF, 22 años. Los hechos ocurrieron durante una manifestación en el contexto del estallido social, ocurrida en Alto Hospicio, el 20 de octubre del año pasado. Además, se determinó un plazo de 80 días para investigar. Ambos querellantes de la causa, el INDH y el diputado Hugo Gutiérrez junto al concejal Matías Ramírez, difieren de la calificación jurídica realizada por el Ministerio Público, esto es lesiones graves, cometidas por el alto oficial; y que la que corresponde es la de apremios ilegítimos, por lo que continuarán trabajando en esa línea.

Es importante señalar que de  las 128 querellas presentadas por el INDH en el contexto del estallido social,  ésta es la primera vez que un funcionario público -Comisario de Carabineros- es formalizado por dichas circunstancias. Otro antecedente es que en la actualidad el Comisario de Carabineros formalizado, sigue en funciones.

ABOGADO MATÍAS RAMÍREZ

El abogado Matías Ramírez, en calidad de querellante, quien participó en la audiencia de formalización señaló que “no compartimos la calificación planteada del Ministerio Público, un delito común de baja pena”, por lo que anunció que junto al diputado Hugo Gutiérrez, con quien presentó la querella “vamos a insistir para que el Mayor de carabineros sea formalizado por apremios ilegítimos”.

Este punto es importante, en el sentido que el delito de lesiones graves, es un delito común, que puede cometer cualquier persona que infringe la ley.

Señaló Ramírez que por el contrario, el delito de apremios ilegítimos es el “que cometen aquellos funcionarios públicos que en el ejercicio de sus funciones exceden sus atribuciones, como fue el caso de este oficial, ya que usó su escopeta en forma indiscriminada contra la muchedumbre, lo que ocasionó que este joven terminara con una lesión en su ojo derecho”.

El abogado indicó que, si bien la víctima no recibió el impacto del perdigón directo en el globo ocular derecho, le provocó una rajadura e la retina, por lo que aún se encuentra en etapa de recuperación y de evaluación por los daños ocasionados”

Matías Ramírez señaló que “esperamos que en estos 80 días de investigación se puedan reunir los antecedentes que permitan reformalizar al imputado, por el delito de apremios ilegítimos y ver la calificación de las lesiones. Por el contrario, si el Ministerio Público “decide no avanzar en una eventual reformalización, lo que nos corresponde a nosotros es que al momento de cerrada y presentada la acusación por parte del Ministerio Público, realicemos una calificación jurídica distinta, en este caso de apremios ilegítimos”.

Respecto de los hechos, señaló que el comisario en cuestión era el único funcionario autorizado y que estaba en funciones, para usar la escopeta de antidisturbios, sin que se respetara el protocolo de su uso.  Para el abogado Ramírez y basado en las imágenes que se mostraron en la audiencia de formalización, el oficial jamás estuvo en peligro, actuó sin apego al protocolo y sin respetar la normativa fijada por la propia institución.

POSTURA DEL INDH

“Para el INDH es de suma importancia el avance general de las querellas y, por supuesto, que se haya realizado la audiencia de formalización es un gran avance, dado que nos pone dentro de un plazo de 80 días que fijó el tribunal para la investigación, lo que, conforme a nuestra intención, debería finalizar en un juicio”, señaló la directora del INDH Tarapacá, Lorena de Ferrari.

Y al igual que el querellante Matías Ramírez, “diferimos de la calificación jurídica realizada por el Ministerio Público, pues entendemos que se cumplen todos los requisitos y elementos del delito estipulado en el artículo 150 D del Código Penal, esto es, apremios ilegítimos y en esa línea continuaremos trabajando”.

El INDH espera “esta sea una, de muchas otras querellas en las que avancemos en la formalización de los responsables de las graves vulneraciones de derechos humanos sufridas por personas que ejercían su legítimo derecho a manifestarse, dado que, entendemos que verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición son condiciones indispensables para que Chile avance en un camino de encuentro democrático”.

Y coinciden con Ramírez en que el acceso a la justicia es un principio básico del estado de derecho. “Sin acceso a la justicia, las personas no pueden hacer oír su voz, ejercer sus derechos, hacer frente a la discriminación o hacer que los responsables de las violaciones a los derechos humanos sean castigados por los delitos cometidos”, concluye.

LA DEFENSA

La defensa representada por el abogado Ricardo Encina hizo una extensa exposición refutando las acusaciones, toda vez, señaló, que el oficial formalizado junto a otros dos carabineros, actuaron porque en medio de la manifestación, sus vidas estaban en peligro.

Dijo que, a juicio de la defensa, no había necesidad de cautela toda vez que los hechos ocurrieron hace 11 meses y el oficial se ha mantenido disponible ni ha intentado acercarse a la víctima. Destacó que su representado tiene más de 20 años de servicio, siendo evaluado en lista 1 y que su historial indica que siempre actuó “apegado a los protocolos”.

También descartó que los hechos configuraran un escenario para cambiar el tipo penal, como lo señalaron los dos querellantes.

También desestimó la gravedad de las lesiones, apelando a que la víctima tomó vacaciones, viajando a Colombia, semanas después de los hechos. Deduce que si estaba con daño ocular, es complejo exponerse a la luz solar.

LOS HECHOS

De acuerdo a los hechos relatados en la querella, se estableció que el  20 de octubre de 2019, alrededor de las 23:00 horas, la víctima se encontraba participando en las manifestaciones que tenían lugar en la comuna de Alto Hospicio, cercanas a la intersección entre Avenida Los Cóndores con Avenida La Pampa.

Cuando llegó a la altura de una plaza ubicada en Avenida Los Cóndores con pasaje Salitrera Rosario, mientras seguían los enfrentamientos entre manifestantes y fuerzas policiales, recibió un impacto en el ojo derecho, cayendo al suelo mareado y vomitando.

El joven fue impactado por una posta de goma de 08 mm de diámetro proveniente de un cartucho marca TEC, calibre 12”, utilizado en las escopetas antidisturbios de Carabineros. De igual forma, de acuerdo con el registro del personal policial activo el día 20 de octubre de 2019, el único funcionario que utilizaba dicho tipo de armamento era el imputado Luis Muñoz Reyes, que se encontraba a cargo de efectivos movilizados en motocicletas.

El día de los hechos, el comisario se parapeto detrás de un poste en la plaza ubicada entre pasaje Salitrera Rosario y pasaje Pan de Azúcar a objeto de disparar a los manifestantes emplazados en Avenida Los Cóndores, disparando la escopeta antidisturbios en reiteradas oportunidades con dirección directa hacia los manifestantes y con el claro objetivo de castigar a quienes participaban en las movilizaciones públicas realizadas durante el estallido social, impactando a la víctima Luis Bello Figueroa.

En este punto, resulta indispensable destacar que el uso de la escopeta antidisturbios realizada por el imputado fue contrario a las disposiciones reglamentarias que regulan el uso de la fuerza en manifestaciones sociales por parte de funcionarios policiales y las especificaciones técnicas del fabricante.

Tras el impacto, la víctima es asistida por transeúntes y personal de la Policía de Investigaciones, siendo estos últimos quienes lo trasladan hasta la Unidad de Emergencias del Centro Hospitalario Doctor Héctor Reyno de dicha comuna.

Atendida la gravedad de las lesiones, la víctima es trasladada de manera urgente al Hospital Regional Dr. Ernesto Torres Galdámes de Iquique. Tras 3 días hospitalizado, es trasladado a la Unidad de Trauma Ocular del Hospital Salvador en la región Metropolitana. A la fecha, se ha logrado determinar por el personal médico especialista que la víctima, con ocasión de los apremios ilegítimos, tuvo como consecuencia “lesiones de carácter grave en uno de sus ojos, correspondiente a una “coriorretinopatía esclopetaria”, teniendo un diagnostico reservado respecto a la posibilidad de recuperar la visión de su ojo derecho.

FISCALÍA

La Fiscalía se pronunció sobre la audiencia, a través de su cuenta de twitter.

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