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Elmostrador/El tribunal de alzada capitalino determinó que la medida cautelar aplicada al ex senador de la UDI «resulta proporcionada, necesaria e idónea, dada la... Jovino Novoa continua bajo arresto domiciliario, ratificado por Corte de Apelaciones

jovino-novoa_230x230Elmostrador/El tribunal de alzada capitalino determinó que la medida cautelar aplicada al ex senador de la UDI «resulta proporcionada, necesaria e idónea, dada la pluralidad de ilícitos imputados, sus penalidades probables, forma y circunstancias de comisión de los mismos, bienes jurídicos vulnerados».

Los abogados del ex senador de la UDI Jovino Novoa no lograron revertir en la Corte de Apelaciones de Santiago las medidas cautelares que el Octavo Juzgado de Garantía determinó para su cliente el lunes último, cuando fue formalizado por los delitos tributarios cometidos por la emisión de boletas ideológicamente falsas, a través de su empresa Inversiones y Mandatos, en la trama del caso Penta-SQM para el financiamiento al margen de la ley de campañas políticas.

En esa oportunidad el también ex timonel de la tienda gremialista quedó bajo arresto domiciliario total y arraigo nacional. Sus defensores, Matías Balmaceda y Miguel Alex Schweitzer apelaron este jueves ante la Cuarta Sala del tribunal de alzada capitalino, que en un fallo dividido resolvió mantener estas medidas.

«Se estima que la decretada y motivo de esta apelación, resulta proporcionada, necesaria e idónea, dada la pluralidad de ilícitos imputados, sus penalidades probables, forma y circunstancias de comisión de los mismos, bienes jurídicos vulnerados, en los términos de los artículos 122 y 139 del Código Procesal Penal», dice la resolución.

El voto a favor de revocar las cautelares corrió por parte del ministro Juan Antonio Poblete, quien consideraba más proporcional la firma mensual.

Luego de la audiencia, Schweitzer manifestó su disconformidad, indicando que si Novoa hubiera mantenido su escaño en la Cámara Alta no sería, como lo plantea el Ministerio Público «un peligro para la sociedad».

«Es un tema complejo donde hay disparidad de criterios, y la prueba está en que la propia resolución es una resolución dividida donde hay un voto a favor de una posición y dos votos en contra. Pero es la vida de los tribunales, así se resuelven las cosas y en un tiempo más tenemos que volver a intentar modificar esta medida».

Por el contrario, el fiscal Emiliano Arias, quien alegó en representación de la Fiscalía en la Corte, afirmó que es el la propia legislación la que determina quién es un peligro para la sociedad, y enfatizó que «en este caso, dado el número de delitos, la reiteración y la pena probable, es posible considerar que se engloba en ese concepto. O sea, la cautelar de arresto domiciliario total con respecto a él es necesaria para garantizar la seguridad de la sociedad y la comparecencia del imputado durante el procedimiento».

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