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Comunicado/ El Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) informó que 12 faenas presentaron la valorización de sus planes de cierre, conforme al régimen... Mineras asumen responsabilidad y valorizan cierre de sus faenas

DIRECTOR SERNAGEOMINComunicado/ El Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) informó que 12 faenas presentaron la valorización de sus planes de cierre, conforme al régimen transitorio de la Ley 20.551 de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras, cuyo plazo de ingreso venció el pasado 11 de noviembre. Según el Sernageomin, institución a cargo de la fiscalización de esta ley, el monto total de valorizaciones de planes de cierre en la región de Tarapacá asciende a 17.368.566 unidades de fomento (UF), como estimación preliminar. A nivel nacional, 132 faenas presentaron estas valorizaciones.

Las faenas que presentaron estas valorizaciones son: Quebrada Blanca, Collahuasi, ACF Minera, Nueva Victoria, Sagasca, Cordillera, Bullmine, Cerro Colorado, K+S, Soledad, Cala-Cala, Negreiros y ACF Nitratos.

De visita en la región este martes, el director nacional del Sernageomin, Rodrigo Álvarez Seguel, comentó que “esta ley es un hito ambiental porque las empresas asumen la responsabilidad del cierre de sus faenas, con lo cual se evita la generación de nuevos pasivos ambientales. Se da un paso importante para contar verdaderamente con una minería sustentable, que no externalice impactos directos, indirectos, acumulativos y sinérgicos sobre el agua, el suelo y el aire. Es una buena noticia para la salud de las personas”.

Por su parte, la directora regional de la institución fiscalizadora, María Fernanda Martínez, dijo que  “el siguiente paso es la evaluación y aprobación de los planes de cierre; una vez que eso suceda, la empresa tiene un plazo de 6 meses para comenzar a constituir la garantía financiera, para haber completado el 20% del total dentro del primer año. Este es un proceso complejo, pero que sin duda va a implicar un aprendizaje enorme e información muy relevante para el Estado, los mercados y la ciudadanía”.

La Ley 20.551 de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras obliga a garantizar -con diferentes instrumentos financieros- las medidas de estabilización física y química que deben realizar las empresas durante el cierre las faenas que en el futuro agoten su fase de explotación, además de garantizar la gestión de post-cierre que se extiende por al menos 5 años. Aun cuando todas las faenas deben tener planes de cierre aprobados, aquellas donde la capacidad de extracción mensual bruta es superior a 10.000 toneladas, deben entregar una garantía financiera de sus procesos de cierre.

Cabe señalar que el mencionado régimen transitorio obliga a las empresas a valorizar y garantizar las medidas de cierre ya aprobados mediante Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y el título X del Reglamento de Seguridad Minera, mientras que las empresas que no se ciñeron a este régimen el 11 de noviembre, deben presentar planes de cierre según el nuevo régimen general de la Ley 20.551, que contempla un estándar más exigente para estos planes, incluyendo la aplicación de Análisis de Riesgo para la estabilidad física y química de las instalaciones de la faena. Este análisis, dependiendo de la dimensión de la faena, podría significar estudios que van desde los 4 a los 8 meses.

Los recursos obtenidos como aporte al Fondo de Post Cierre, serán administrados por el Sernageomin de acuerdo con las instrucciones que contempla esta ley, y serán usados para la aplicación del Plan de Post Cierre de la faena minera cerrada. La administración de dichos fondos, mientras no sean usados, serán licitados para que una institución los invierta en una cartera de instrumentos financieros de renta fija, explícitamente mencionados en el mencionado cuerpo legal. Esta debe ser una empresa profesional en la administración de activos financieros, acreditada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), y elegida por medio de licitación efectuada por el Sernageomin.

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