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Siete integrantes del Ejército de Chile que cumplían labores como carceleros del ex Campo de Prisioneros Políticos de Pisagua durante la dictadura de 1973,... Después de 40 años de impunidad el juez Carroza levanta acusaciones por crímenes de Pisagua

fosa de pisagua junio de 1990 galSiete integrantes del Ejército de Chile que cumplían labores como carceleros del ex Campo de Prisioneros Políticos de Pisagua durante la dictadura de 1973, y tras 40 años de impunidad y gracias a que los familiares de las víctimas nunca claudicaron en su lucha, el ministro de Fuero de la Corte de Apelaciones de Santiago, levantó las primeras acusaciones en contra de los ex uniformados, por los delitos de Homicidio Calificado en contra de 8 ejecutados políticos y Secuestro Calificado contra 3 detenidos desaparecidos.

El ministro Carroza se constituyó en Iquique y se reunió con los familiares de las víctimas de la dictadura, quienes no pudieron contener la emoción al saber que por fin, tras 40 años y con sólo 4 meses de investigación llevada por el magistrado, se levantaron las acusaciones por los delitos señalados, que costaron la vida de numerosos prisioneros políticos.

Las primeras acusaciones corresponden a la ejecución de los prisioneros: Juan Calderón Villalobos, Marcelo Guzmán Fuentes y  Luis Lizardi Lizardi;  Además, los hasta ahora detenidos desaparecidos Michel Nasch Sáez, Nolberto Cañas Cañas y Juan Jiménez Vidal ejecutados el 29 de septiembre de 1973, en Pisagua.

También los ejecutadis Julio Cabezas Gacitúa,  Mario Morris Barrios, Juan Valencia Hinojosa, Humberto Lizardi Flores y Julio Córdova Croxato; todos ellos asesinados en el ex campo de prisioneros, el 11 de octubre de 1973.

El ministro Carroza seguirá investigando y levantando acusaciones, en orden cronológico de cómo fueron ocurriendo los asesinatos, tanto en Iquique como en Pisagua, de acuerdo a como está caratulada la querella.

Los acusados por los delitos de Homicidio Calificado y Secuestro Calificado son: Sergio Eugenio Benavides Villarreal,  Roberto Antonio Ampuero Alarcón, Arturo Alberto Contador Rosales, Sergio Eduardo Figueroa López,  Gabriel Alonso Guerrero Reeve, Manuel del Carmen Vega y Miguel Aguirre Alvarez.

29 DE SEPTIEMBRE

Este día ocurrió la ejecución de  Juan Calderón Villalobos, Marcelo Guzmán Fuentes y  Luis Lizardi Lizardi, cuyas osamentas aparecieron en la fosa clandestina de Pisagua;  Además, Michael Nasch Sáez, Nolberto Cañas Cañas y Juan Jiménez Vidal, cuyos restos siguen desaparecidos.

Vale recordar que Lizardi Lizardi fue tomado prisionero y ejecutado, por un alcance de nombre con Humberto Lizardi.

Primer caso:De acuerdo a la investigación, Calderón, Lizardi Lizardi y Guzmán, se encontraban en Pisagua, recinto dependiente de la VI División de Ejército, desde donde fueron sacados de sus celdas en forma selectiva, por oficiales a cargo de su custodia, con el pretexto que se requerían “voluntarios” para realizar trabajos fuera del campo de prisioneros.

Sin embargo, nunca existió trabajo voluntario, como se acredita en la investigación, puesto que los prisioneros fueron ejecutados en las afueras del cementerio de Pisagua, por la misma patrulla militar que los sacó de sus celdas. La encabezaba el capitán de Ejército, Sergio Benavides Villarreal, quien junto a otros militares, procedieron a inhumar los restos en el mismo lugar.

Específicamente fueron enterrados en el costado norte del Cementerio Municipal de Pisagua, que corresponde al lugar donde el 2 de junio de 1990, se descubrió la  Fosa Clandestina de Pisagua. Dicisiete años más tarde sus restos fueron encontrados en sacos de arpillera, llevando en sus ropas, a la altura del pecho, un disco rojo, presumiblemente para indicar la zona donde debían recibir la descarga mortal.

Sin embargo, la autoridad militar explicó en la época que los prisioneros habían intentado evadirse hacia Pisagua Viejo, lugar donde se encuentra el cementerio, motivo por el cual la patrulla militar de seguridad, les ordenó el alto en varias oportunidades, disparando al aire, pero como continuaron en su fuga, fueron abatidos, pereciendo en la acción. Sus restos fueron sepultados en el mismo cementerio

La versión de la huída, fue descartada con las investigaciones posteriores. Hoy el ministro establece que los hechos narrados, importan la comisión del delito de homicidios calificados, previstos y sancionados en el Artículo 391 N° 1 del Código Penal.

Se acusa de homicidio calificado a Sergio Eugenio Benavides Villarreal,  Roberto Antonio Ampuero Alarcón, Arturo Alberto Contador Rosales, Sergio Eduardo Figueroa López,  Gabriel Alonso Guerrero Reeve y Manuel del Carmen Vega, por estimarse que les correspondió participación como autores en los delitos

Segundo caso: En esta misma fecha del 29 de septiembre se registraron, otras tres ejecuciones que costaron la vida de Michel Nasch Sáez, Nolberto Cañas Cañas y Juan Jiménez Vidal,  presos en Pisagua, pero cuyos cuerpos nunca aparecieron.

Según consta en la investigación, fueron sacados de sus celdas, junto a los otros 3 prisioneros, Calderón, Guzmán y Lizardi Lizardi (primer caso) por los oficiales de Ejército a cargo de su custodia, bajo el mismo pretexto de realizar “trabajos voluntarios”.

La autoridad militar de la época explicó que los prisioneros trataron de evadirse hacia Pisagua Viejo, por lo que fueron abatidos, ante los nulos intentos para detener la supuesta huida. Sus restos fueron sepultados en el Cementerio de Pisagua, según declararon los carceleros.

Sin embargo y pese a que la autoridad militar reconoce haber ejecutados a los prisioneros y haberlos sepultados en el Cementerio de Pisagua, sus restos no fueron encontrados en la fosa clandestina, donde sí aparecieron los restos de los otros 3 ejecutados, Calderón, Guzmán y Lizardi Lizardi. Hasta la fecha Michel Nasch, Nolberto Cañas y Juan Jiménez están en calidad de desaparecidos.

En la investigación se establece, que de acuerdo a los antecedentes, se puede estimar a partir de la declaración indagatoria del militar Miguel Aguirre Alvarez, que se desprenden cargos fundados que a éste le ha correspondido participación como autor, en los delitos de Secuestros calificados Reiterados en contra de Juan Jiménez, Michel Nasch y Nolberto Cañas, cuyos principios de ejecución tuvieron lugar en Iquique y Pisagua, en septiembre del 73 y que perduran hasta la fecha.

También se desprende de las declaratorias de los militares Sergio Eugenio Benavides Villarreal,  Roberto Antonio Ampuero Alarcón, Arturo Alberto Contador Rosales, Sergio Eduardo Figueroa López,  Gabriel Alonso Guerrero Reeve y Manuel del Carmen Vega, cargos fundados para estimar que les correspondió participación como autores en los delitos de secuestros calificados reiterados de Nasch, Cañas y Jimenez.

Además se les acusa como autores de delito de Homicidio Calificado en contra de Calderón, Guzmán y Lizardi Lizardi.

 11  DE OCTUBRE

En esta fecha, ocurrió la ejecución de Julio Cabezas Gacitúa,  Mario Morris Barrios, Juan Valencia Hinojosa, Julio Córdova Croxato y Humberto Lizardi Flores. Todos ellos se encontraban presos en Pisagua, cuando fueron sorpresivamente sacados de sus celdas los días 8 y 10 de octubre y trasladados al retén de Carabineros de la misma caleta.

En el lugar, fueron interrogados por el Fiscal Militar Mario Acuña Riquelme. En la madrugada del 11 de octubre, los prisioneros son ejecutados al margen de toda legalidad por los oficiales de Ejército que estaban a cargo de su custodia.  Sus cuerpos fueron inhumados ilegalmente en el mismo sitio donde se les dio muerte, es decir, en la fosa clandestina de Pisagua.  Al igual que en el caso anterior, sus cueros estaban al interior de sacos de arpillera.

La versión de los militar en la época fue que los detenidos fueron ejecutados, por aplicación de una sentencia dictada en el marco de un Consejo de Guerra, por estar confesos y ser autores de los delitos de traición a la Patria, espionaje e infracción a la ley de Seguridad del Estado.

En la investigación se señala que no consta  ningún antecedente que avale el hecho de haberse realizado las audiencias de la Justicia Militar.

Los hechos descritos importan los delitos de homicidio calificado previsto y sancionado en el Artículo 391 N° 1 del Código Penal.

De esta forma se desprenden cargos fundados para estimar que Sergio Eugenio Benavides Villarreal,  Roberto Antonio Ampuero Alarcón, Arturo Alberto Contador Rosales, Sergio Eduardo Figueroa López,  Gabriel Alonso Guerrero Reeve y Manuel del Carmen Vega Collao, tuvieron participación como autores de homicidio calificado.

 Autora: Periodista Anyelina Rojas Valdés

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