Edición Cero

Mientras continuaba desarrollándose el proceso para definir las medidas cautelares para dos de los imputados, la Fiscalía de Iquique recibió a los periodistas para... “En ningún caso es un golpe para la Fiscalía” respondió el vocero Castro Bekios, tras absolución en Caso Muebles

bekiosMientras continuaba desarrollándose el proceso para definir las medidas cautelares para dos de los imputados, la Fiscalía de Iquique recibió a los periodistas para dar su opinión oficial respecto a la absolución de cargos de la mayoría de los implicados en el llamado caso muebles, descartando enfático, que el veredicto sea un «golpe» para esa entidad.

Las declaraciones las formuló el vocero Juan Castro Bekios, quien fue enfático en señalar que el veredicto del Tribunal sea un “golpe” para la Fiscalía. “Nuestro deben es acusar e ir a juicio cuando existan antecedentes para ello”, sostuvo, enfatizando que «en absoluto, nosotros no podemos hablar de golpe. Aquí, la esencia del sistema es que haya un ente que acusa cuando estima que hay antecedentes suficientes para sostener la acusación o el enjuiciamiento”.

Dos acusados

Tras el veredicto del Tribunal Oral en lo Penal de Iquique que resolvió hoy condenar a sólo dos acusados del Caso Muebles por un delito de cohecho reiterado, y absolver a los otros nueve imputados por el delito de fraude y otros ilícitos; la Fiscalía indicó que si bien no compartía la resolución del Tribunal, ésta no implicaba un revés para la labor fiscal.

“Recibimos con tranquilidad el veredicto y si bien, falta aún la lectura del fallo, observamos algunas discrepancias jurídicas con lo resuelto por el Tribunal. La Fiscalía tiene el deber de acusar cuando estima que existen antecedentes suficientes para sostener la acusación o enjuiciamiento. Esa es la obligación de del Ministerio Público y nosotros la hemos cumplido”.

Agregó Bekios que el dictamen de condena o absolución “le corresponde a un ente independiente, como es el Tribunal Oral en lo Penal, y es parte de la esencia del sistema que pueda haber un fallo condenatorio o absolutorio, como fue en este caso. Por eso no puede significar una derrota para la Fiscalía, como tampoco se podría haber dicho que fuera una victoria si hubieran resultado todos los acusados condenados”.

El veredicto implica que se exprese si hay una resolución de condena o absolución, en cambio en la sentencia se hace la fundamentación y el razonamiento en la cuál se llegó a esa resolución”.

En ambos casos, la situación de la persona imputada se mantiene vigente la presunción de inocencia en tanto no haya una sentencia a firme y ejecutoriada.

De todas formas, en este caso, se obtuvieron las condenas de cinco personas (tres en procedimientos abreviados) y una suspensión condicional.

El vocero indicó además que la Fiscalía esperará la lectura del fallo del 16 de agosto próximo para evaluar si se presenta un recurso de nulidad.

Condenas

Los magistrados del Tribunal Oral en lo Penal de Iquique Franco Repetto, Juana Ríos y Juan Ibacache condenaron hoy por el delito de cohecho reiterado al ex jefe del Departamento de Inversiones (s) del Gore, Jorge Jacobs, y al empresario Gianpiero Cánepa. Además, al primero lo condenó también por un delito de falsificación de instrumento público, y a Cánepa por dos delitos tributarios.

En esta misma causa, pero en el Juzgado de Garantía, ya habían sido condenados los abogados Diego Hauva y Carlos Córdova y la ex funcionaria pública del Gore Tarapacá Isabel Mollo. De igual forma, el padre del empresario Gian Piero, Bruno Cánepa, acusado por el delito de lavado de dinero, en la figura culposa, terminó con una suspensión condicional del procedimiento.

Los comentarios están cerrados.