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Cambio21.cl /Por Pilar González.  Esta sentencia se toma como un segundo triunfo consecutivo para los trabajadores después que la Corte Suprema resolvió que el... Inédito fallo deja en evidencia que autoridades no pueden despedir a los funcionarios públicos. Deberá pagar millonaria  imdemnización

Cambio21.cl /Por Pilar González.  Esta sentencia se toma como un segundo triunfo consecutivo para los trabajadores después que la Corte Suprema resolvió que el Ministerio de Hacienda no podrá aplicar un instructivo de control de comportamiento a los funcionarios públicos que participan de las movilizaciones del sector.

 Por segunda vez en una semana, un fallo aparece en favor de funcionarios públicos. Esta vez  fue el Tribunal Laboral de Valparaíso, el que falló favorablemente la demanda interpuesta, a través de Asociación Nacional de Funcionarios de la Cultura (Anfucultura), por la asociada Mónica Torrealba Alcérreca, en contra del Ministro de Cultura Luciano Cruz Coke, quien la despidió arbitrariamente en 2010.

 El fallo de la Jueza Ximena Cárcamo de 54 páginas, en su parte medular dictamina que » la decisión adoptada por Consejo Nacional de la Cultra y de las Artes (CNCA), en orden a poner término a la contrata de la actora, ha sido con vulenración de la garantía de no discriminación que asistía a Mónica María Torrealba Alcérreca»

Acto seguido condena al CNCA, representado por Luciano Cruz Coke, a cancelar por concepto de indemnización poco más de 8 millones de pesos y a publicar en lugar visible del CNCA el fallo condenatorio.

Para la Presidenta Nacional de la asociación de funcionarios Marianela Riquelme «este fallo representa un precedente histórico para la causa de los funcionarios públicos de nuestro país, que han visto vulnerados sus derechos a causa de la precariedad laboral impuesta desde el Estado y ratifica, en todas sus partes, la denuncias efectuadas por Anfucultura, en cuanto a las situaciones de abuso, discriminación y arbitrariedad a la que se han visto expuestos las y los trabajadores del CNCA desde que asumiera el actual Ministro Cruz Coke y su gente».

 En diálogo con Cambio21 agregó que «esto sin duda podría ser un precedente para los otros 120 casos de despidos que hay pendiente en la justicia, aunque esto no quiere decir que las autoridades no sigan discriminando».

 «Este fallo limpia la imagen de nuestros compañeros demostrando que no fueron despedidos por lo que ellos (Cruz-Coke) habían dicho al referirse a ellos como malos empleados», indicó la dirigenta.

 Además Riquelme dijo que «esperamos que el ministro cambie su prepotencia y soberbia y que se entregue al diálogo fructífero con los trabajadores, fundado en el respeto y dignidad».

 Otro logro de los funcionarios

Durante el paro nacional del 24 y 25 de agosto, los trabajadores de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) y de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) fueron advertidos mediante instructivos no formar parte de la manifestación, de lo contrario serían multados o simplemente sus contratos no se renovarían.

Desde ahí una lucha intensa de parte de los trabajadores contra el gobierno hasta que el martes recién pasado la Corte Suprema resolviera que el Ministerio de Hacienda no podrá aplicar un instructivo de control de comportamiento a los funcionarios públicos que participan de las movilizaciones del sector.

La resolución confirmó que el ministerio no podrá utilizar el «Acta de constancia de ausencia de funcionarios en sus labores funcionales», que instruía a las jefaturas registrar la asistencia de los funcionarios en los días que se convocaba a paros u otras movilizaciones, anotando datos como atrasos por consumo de cafés y tiempo de demoras en idas a servicios higiénico, entre otros.

Determina además que los instructivos atentan contra las garantías consagradas en el artículo 19 N°1 de la Constitución, sobre el derecho a la vida e integridad física y psíquica, y el N°4, respeto a la vida privada, honra y protección de la familia, por lo que no pueden ser usados por la autoridad para calificar conductas de los funcionarios.

FUENTE: Cambio21.cl

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