Corte Suprema Confirma que es Ilegal Controlar a Funcionarios en Paro
Crónicas 11 enero, 2012 Edición Cero
RedDiarioDigital En un fallo unánime los ministros de la Tercera Sala de la Corte Suprema ratificaron que el Ministerio de Hacienda no puede aplicar un polémico instructivo que normaba el comportamiento de los empleados de esta repartición durante las manifestaciones convocadas por la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF.
Los magistrados Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y el abogado integrante Nelson Pozo, ratificaron el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que había acogido un recurso de protección presentado por la ANEF.
El acta daba cuenta de la orden a los jefes de servicios para instruir sumarios a los funcionarios públicos que se ausentaren de sus lugares de trabajo por participar de manifestaciones.La resolución judicial determina que los instructivos atentan contra las garantías consagradas en el artículo 19 N°1 de la Constitución (derecho a la vida e integridad física y psíquica) y N°4 (respeto a la vida privada, honra y protección de la familia), por lo que no pueden ser utilizados por la autoridad para calificar conductas de funcionarios.
“En el caso que nos ocupa, cada funcionario habrá de estar pendiente de todos los movimientos de sus compañeros de trabajo, incluso cuando éstos deban satisfacer sus necesidades biológicas, pues, al ser interrogados, deberán incluso señalar que su par, se encuentra en el baño. Ésta no es más que una manifestación de la intromisión en la esfera privada de la persona, la que establece la disposición en comento”, dice el fallo.