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En Caso Daniel Luna, investigado por acoso sexual contra la joven practicante de la Intendencia Regional, Catalina Peredo Celedón, se abre una nueva arista... Caso Luna abre nueva arista: Asignación de casa fiscal en tiempo récord. Tema no está claramente regulado

En Caso Daniel Luna, investigado por acoso sexual contra la joven practicante de la Intendencia Regional, Catalina Peredo Celedón, se abre una nueva arista que constituye un sensible tema para los trabajadores públicos, referido a la asignación de casa fiscal como arriendo funcionario, para quienes tengan necesidad manifiesta. En el caso del imputado, logró la asignación de vivienda en tiempo récord, tras pasar de la modalidad de contratación a honorarios, a contrata.

El camarógrafo del intendente -ahora ex camarógrafo-, se incorporó el 17 de marzo de 2018 a prestar sus servicios en calidad de honorarios a suma alzada y a tiempo completo, por el periodo de 1 año. Sin embargo, ya, el 1 de mayo de 2018, obtiene la contrata, grado 10 de la escala única de remuneraciones  (EUR), que le asigna un sueldo promedio de 2 millones de pesos. Vale recordar que los funcionarios públicos, cada 3 meses reciben un bono de desempeño, que aumenta su sueldo, de allí el cálculo del promedio.

Hay que considerar que existe un acuerdo entre la ANEF y el gobierno, de ir paulatinamente traspasando a la calidad a contrata, a quienes prestan servicios a honorarios, especialmente a quienes tienen funciones permanentes y que año tras año, vuelven a ser contratados a honorarios. Este es uno de los temas que se investigaría, de manera colateral al caso por abuso sexual, anunció el abogado Enzo Morales, reforzando que «denunciaremos el  traspaso de honorarios a contrata en un mes, sin considerar a funcionarios más antiguos», en el caso de Daniel Luna.

Otra arista, es el de hacer seguimiento y determinar por qué Daniel Luna recibió una casa como arriendo funcionario, cuando le fue asignada y qué criterios se usaron para ello. Determinar también si existen requisitos para hacer uso de la vivienda fiscal o si sólo queda al arbitrio de la autoridad, dijo el abogado. «Lo que denunciamos es  la asignación indebida de casa fiscal perjudicando a otros en lista de espera», remarcó Morales.

Junto con ello y para tener un panorama completo de lo que sucede con las casas fiscales, se pedirá al Intendente Miguel Ángel Quezada que clarifique cuál es la actual situación de las casas fiscales que hay en la región y de qué manera se administran.

ESTATUTO ADMINISTRATIVO

Es el Estatuto Administrativo -Ley 18.834- que regula la función pública, donde se abordan lo que sucede con las casas de arriendo funcionario. No hay claridad sobre requisitos ni condiciones, lo que ha deja un espacio abierto para que funcionarios con altos sueldos, incluso con residencia anterior en la misma ciudad de desempeño de sus funciones, accedan a un arriendo funcionario, pagando el 10% de su sueldo base. De modo, que una remuneración alta, para el cálculo de este pago, no considera bonos ni otras asignaciones.

El caso de Daniel Luna, ha llevado al abogado querellante, Enzo Morales, a poner ojo sobre este tema poco regulado.

LO QUE DICE LA LEY

  Artículo 91.- El funcionario tendrá
derecho a ocupar con su familia,
gratuitamente, la vivienda que exista
en el lugar en que funcione la
institución, cuando la naturaleza de sus
labores sea la mantención o vigilancia
permanente del recinto y esté obligado
a vivir en él.
    Aún en el caso de que el
funcionario no esté obligado por
sus funciones a habitar la casa
habitación destinada al servicio,
tendrá derecho a que le sea cedida
para vivir con su familia. En este
caso, pagará una renta equivalente
al diez por ciento del sueldo asignado
al cargo, suma que le será descontada
mensualmente. Este derecho podrá ser
exigido, sucesiva y excluyentemente,
por los funcionarios que residan en
la localidad respectiva, según su orden
de jerarquía funcionaria. Sin embargo,
una vez concedido no podrá ser dejado
sin efecto en razón de la preferencia
indicada.

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