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Juan Francisco Ramírez, Sitio de Memoria Fosa Clandestina de Pisagua.- El 25 de octubre casi un 80% de los votantes eligieron la opciones APRUEBO... Amnistía para los presxs políticxs

Juan Francisco Ramírez, Sitio de Memoria Fosa Clandestina de Pisagua.-

El 25 de octubre casi un 80% de los votantes eligieron la opciones APRUEBO Y CONVENCION CONSTITUCIONAL estableciendo la carta de navegación para el proceso de construcción deuda Nueva Constitucionalizaré que supere (o entierre) la actualmente vigente, que en lo sustancial y simbólico, se reconoce como el legado de la dictadura cívico-militar que encabezó el Tirano A. Pinochet.

Este evento refundacional abre las puertas para por primera vez en Chile discutir para elaborar la constitución con la  participación de bases populares, y no solamente por una elite política, tal logro no es posible sin la rebelión popular que se desata a partir del 18 de Octubre, la cual emerge desde una demanda particular y que termina articulando variadas demandas populares que transversalmente  establecen una crítica al modelo político-económico que ha perpetuado 30 años de explotación generando una tremenda desigualdad entre la minoría oligárquica y la mayoría populares. Dicha critica se transformó en sentimiento y fuerza colectiva, se tomó las calles, supero el miedo a las fuerzas represivas, e inicio el proceso de cambio más importante de los últimos 50 años.

Entonces, y como creo que las grandes mayorías lo tienen claro, los hechos acontecidos desde el denominado 18-O, generaron las condiciones para que ocurriera lo impensable, desarmar el trazado de cancha de Jaime Guzmán, y proponernos escribir nuestras propias reglas.

Pero esta epopeya con tintes refundacionales fue y será un proceso violento, tanto por la desatada represión desplegada por el gobierno, como por la necesaria reacción de sectores del pueblo que asumieron la defensa de las mayorías en las calles, transformándose en un dique de contención para la agresión criminal, lo cual fue denominado como “primera línea”, reconociendo que asumieron poner el cuerpo como dispositivo de defensa, constituyéndose en un verdadero bloque de contención.

Una particularidad de la primera línea es la heterogeneidad de sus integrantes, jóvenes, hombres y mujeres, profesionales, trabajadores, estudiantes, cesantes, todos unidos en el anonimato, pero cohesionados en distintas tareas destinadas a enfrentar y contener la represión, para que pudiera realizarse las otras formas de manifestación.

En nuestra región desde el 19 de octubre, 14 de esos jóvenes de primera línea fueron apresados y recluidos en el centro penitenciario de Alto Hospicio, en la actualidad con más de 9 meses de reclusión permanecen Diego, Mauricio y Sebastián; a nivel nacional son más de 2500 los prisioneros por luchar  que se mantienen en encarcelados, algunos casi por 1 año; todos acusados  por distintos delitos, que no son otra cosa que la criminalización  de la lucha que dieron al lado y en defensa del pueblo movilizado contra la desigualdad.

Si bien todo preso es político, pues la sanción mediante la privación de libertad es un acto que deriva de las políticas de control social de cada Estado, para el caso particular de los prisioneros de la rebelión popular creo necesario señalar sobre la privación de libertad que:

Constituye un acto de disciplinamiento, tanto para ellos como para otros que, bajo las mismas premisas de lucha en medio de una rebelión popular, opten por defenderse de la violencia sistemática de modelo político-económico, y en particular de la represión ejercida por los agentes del estado

Es un acto de territorialización, pues asume control sobre el cuerpo de los sujetos, limitando el ejercicio del rol político implícito y tácito que asumen al hacerse parte de la rebelión popular, al establecer que dichos cuerpos están sujetos a los dictámenes del sistema que quieren superar.

Y,  finalmente privarlos de libertad es una expresión de la lucha de clases, en tanto se reconocen como sujetos políticos en su acción práctica, y por lo tanto deben ser marginados de la participación en el ámbito público, y principalmente en la discusión de una nueva constitución

Frente a estas observaciones, las iniciativas que han emergido desde diversos sectores políticos de Izquierda (PC) y centro izquierda (FA), para una ley de Amnistía para los presxs políticxs de la rebelión popular del 18-O, los cuales como hemos dicho, los  han mantenidos en cautiverio por largos períodos,  tiene validez. Los inscriben como sujetos políticos protagonistas de  un complejo proceso socio-político en el cual el Estado ha usado todos las instituciones y  dispositivos a su haber para detener el desmoronamiento de uno de los  baluarte del sistema impuesto por la dictadura cívico-militar, una sociedad con baja participación política y conciencia de clases.  Los presos políticos del 18-O son el ejemplo de que estamos en camino a superar las condiciones mediante las cuales nos mantuvieron callados por más de 47 años, 17 de dictadura y 30 de “democracia”.

Por otra parte, hemos somos testigos que no ha existido voluntad por esclarecer los hechos que se les imputan, mucho de los cuales se señalan como montajes que tienen por objetivo construir un piso sobre el cual asentar el discurso del desorden y el caos que utiliza el Gobierno para contrarrestar la movilización.

A la vez, la dimensión del problema nos pone de manifiesto que nos encontramos con las lógicas del enemigo interno, en tanto el instrumento que actúa sobre los presos es la Ley de Seguridad del Estado, que los señala como como peligroso para la sociedad en tanto pueden corromper las bases del orden . Pero al mismo tiempo  vemos cómo los agentes del Estado que violan los DDHH desde el 18-O, mantienen sus privilegios, y principalmente la impunidad sobre sus actos.

Probablemente me quede corto en la presente reflexión, pero creo prioritario que los presos vuelvan a la calle, que participen del proceso constituyente, y principalmente que acabemos con las prácticas de represión del sujeto político por algo que debemos consagra en nuestra nueva constitución, el derecho a la rebelión como forma de defensa ante cualquier forma de opresión y/o tiranía, y así tener una herramienta en lo conceptual y practico mediante la cual establecer un ¡PARA QUE NUNCA MAS!.

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