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Dos de cada tres apelaciones por revocación de penas sustitutivas presentadas en enero del 2018 a la Corte de Apelaciones de Iquique fueron acogidas... Destacan avances y logros del plan piloto de defensa para condenados a penas no privativas de libertad

Dos de cada tres apelaciones por revocación de penas sustitutivas presentadas en enero del 2018 a la Corte de Apelaciones de Iquique fueron acogidas por este alto tribunal. Este es uno de los resultados concretos de la gestión de la modalidad piloto de defensa para quienes cumplen Condenas No Privativas de Libertad, que desarrolla desde septiembre del año 2016 la Defensoría Regional de Tarapacá, en donde se diseñó y hoy se trabaja en plantearlo como un nuevo Modelo de Defensa Especializada.

Así lo expone el Jefe de Estudios Regional, Gabriel Carrión, al destacarlo como un hito en el panorama de la atención a nuestros usuarios, enfatizando el impacto que tiene esta experiencia desarrollada por un equipo compuesto por una defensora exclusiva y su asistente administrativa. Bajo esta figura se ha conseguido concentrar en manos especializadas los expedientes que hasta hace 16 meses eran atendidos aleatoriamente por diferentes defensores penales públicos, los que ahora se gestionan proactivamente, en un esfuerzo monitoreado y apoyado permanentemente por la Defensoría Regional de Tarapacá.

Para la encargada de esa gestión, la defensora Nadia Rojas, lo más relevante lo dicen sus propios usuarios. “Ellos – según sus propias palabras – valoran el hecho de «no tener que rebotar de abogado en abogado», destaca.

Esta innovadora forma de asumir este tipo de situaciones nació de la necesidad de brindar defensa penal más efectiva a todos quienes debían cumplir sus sanciones en libertad, sujetos al cumplimiento de condiciones y exigencias impuestas por los tribunales.

En la antigua modalidad, los expedientes llegaban a quien estuviera de turno, por lo que no siempre el defensor del caso era el que asistía a la audiencia de revisión de las penas y quien establecía contacto con el usuario, manteniendo una situación que permitía la incertidumbre y disconformidad.

Todo eso se revirtió cuando inició su actuación el nuevo equipo que, con una modalidad de gestión diseñada regionalmente, ha logrado mejorar los niveles de satisfacción de las personas, pues se generaron canales de comunicación efectivos con los demás intervinientes y servicios relacionados, además de una relación más cercana y directa con estas personas en el cumplimiento de sus penas.

Estos avances han motivado que – desde el mediados del 2017 – el Tribunal de Garantía de Iquique haya dispuesto de salas especializadas para atender los casos de la Ley 18.216, cuerpo legal que  establece penas sustitutivas a las privativas o restrictivas de libertad.  Una medida similar ha adoptado el Tribunal de Garantía de Alto Hospicio.

Para ir evaluando los avances y dificultades de este proyecto piloto en la región, periódicamente se reúne el equipo encargado, junto a los directivos y al profesional informático regional,  quienes revisan ingresos, tipos de requerimientos, tiempo de tramitación, número de solicitudes y otros aspectos del trabajo. También ya se incursiona en la elaboración de  indicadores de defensa, en un modelo de reporte informático y en lo que resta del período, en una propuesta de Modelo de Defensa Licitada para esta especialidad.

Nadia Rojas especifica que esta oficina concentra la atención de todas personas condenadas en libertad,  “lo que permite optimizar el tiempo de los usuarios y agilizar la ejecución de sus penas,  de modo que en una sola oportunidad pueden plantear sus requerimientos judiciales, realizar consultas relativas al cumplimiento de sus condenas y/o solicitar gestiones de coordinación con los organismos encargados del control de sus penas”.

El Jefe de estudios Gabriel Carrión concluye que “con los buenos resultados de esta experiencia se abre la posibilidad de contar con una nueva una línea de especialización en la  defensa penal que otorga la Defensoría, lo que viene a cubrir una necesidad que no satisfacen los otros modelos. La reinserción social como fin de la  pena asume que quienes son sancionados a penas no privativas de libertad, son personas con dignidad y derechos, y que deben ser protegidos.

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