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Prensa/ El Subsecretario de Transportes, Cristián Bowen, dio a conocer el perfeccionamiento del Registro de Inhabilitados para trabajar en servicios de Transporte Escolar. La norma... Nueva norma para inhabilitar a conductores y acompañantes de servicios de transporte escolar que hayan sido condenados

moralesPrensa/ El Subsecretario de Transportes, Cristián Bowen, dio a conocer el perfeccionamiento del Registro de Inhabilitados para trabajar en servicios de Transporte Escolar. La norma entrega atribuciones a los Secretarios Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones para inhabilitar a conductores y acompañantes de servicios de transporte escolar que hayan sido condenados por delitos de índole sexual contra menores. Asimismo, establece que el empresario del transporte será responsable de que se cumpla la norma y de confirmar que conductores y acompañantes estén habilitados para desempeñarse.

“Lo que buscamos con esta modificación es que se prohíba a una persona con antecedentes penales referidos a delitos que ponen en riesgo la integridad de un menor, conducir o acompañar a un menor de edad en el trayecto desde o hacia un establecimiento educacional, lo que constituye una medida de seguridad necesaria para el bienestar del menor”, señaló desde la capital el Subsecretario Cristián Bowen.

Dijo que “la antigua norma, publicada en el año 2002, presentaba algunos problemas prácticos en su aplicación, los cuales se resuelven en esta normativa”.

Por su parte, el Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Manuel Morales González, sostuvo que “con esta norma, estamos dando un paso importante en la protección de nuestros niños, ya que actualiza la antigua normativa, en el sentido que otorga mayores facultades de fiscalización y establece delitos específicos de inhabilidad”.

ATRIBUCIONES

Una de las innovaciones de la norma tiene que ver con la especificación de los delitos. La norma establece que no podrán inscribirse como conductores o acompañantes de servicios de transporte escolar las personas cuyo certificado de antecedentes, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, contengan anotaciones relacionadas a delitos de índole sexual, específicamente los párrafos 2°, 3°, 5°, 6° y 9° del Título VII, del Libro II del Código Penal, y en los artículos 142, 372 bis, 374 bis y 411 quáter del mismo Código.

Por otro lado, se entregan mayores atribuciones al Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones para cancelar la inscripción.

La información de inhabilidades para trabajar con menores de edad está disponible en la web del Registro Civil. En este sitio web, los usuarios podrán ingresar al registro de inhabilidades para trabajar con menores de edad. Los interesados en conocer el estatus de los conductores y asistentes, tendrán que llenar un formulario entregando el nombre completo del consultado, junto a su RUT.

Manuel Morales dijo que “es fundamental que los padres utilicen los canales de información del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, del Registro Civil y de los propios establecimientos educacionales que han puesto a disposición para que sea un mecanismo eficaz en la protección de los niños”.

FISCALIZACIÓN

Además de velar por la seguridad de los niños que viajan en servicios de transporte escolar, el Ministerio de Transporte realiza una amplia labor fiscalizadora de las condiciones técnicas, de seguridad y documentación de los vehículos que prestan este tipo de servicios.

El Programa Nacional de Fiscalización verifica, a lo largo del país, elementos tales como extintores, calidad de los neumáticos, estado de las luces, disposición de los asientos, documentación del vehículo, documentación al día del conductor y acompañante, entre otros.

En caso de denuncias sobre condiciones técnicas y de seguridad, estas deben canalizarse a través de la web del Programa de Fiscalización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones www.fiscalizacion.cl

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