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Ante el nuevo proyecto de unir Humberstone y Santa Laura por vía férrea, la Corporación Museo del Salitre, hizo ver que es necesario que... Drásticas sanciones para quienes dañen, hurten o destruyan patrimonio protegido por la ley

HySL 1 BRAnte el nuevo proyecto de unir Humberstone y Santa Laura por vía férrea, la Corporación Museo del Salitre, hizo ver que es necesario que la comunidad en su conjunto, se comprometa con el cuidado del Patrimonio, materia regulada por la Ley del Consejo de Monumentos Nacionales N° 17.288, que fija las normas que se aplican a todos los sitios patrimoniales reconocidos.

En ese sentido, por ser Monumento Histórico Nacional, las Oficinas Salitreras de Humberstone y Santa Laura, y todo el polígono de protección en el que están insertas, están protegidas por esta ley y sus normativas

 LEY DE MONUMENTOS NACIONALES

En el Título X De las Penas, Artículo 38º, se indica que: “El que causare daño en un monumento nacional, o afectare de cualquier modo su integridad, será sancionado con pena de presidio menor en su grado medio máximo y multa de cincuenta a doscientos unidades tributarias mensuales”.

Artículo 38º bis: “La apropiación de un monumento nacional, constitutiva de los delitos de usurpación, hurto, robo con fuerza en las cosas, o robo con violencia o intimidación en las personas, así como su receptación, se castigará con pena de multa de cincuenta a doscientos unidades tributarias mensuales, además de la privativa de libertad que corresponda de acuerdo a las normas generales”.

Y añade: “Tratándose del hurto, si no fuera posible determinar el valor del monumento nacional, se aplicará la pena de presidio menor en sus grados mínimo a máximo, además de la multa aludida en el inciso precedente”.

POLIGONO PROTECCION

HACIENDO CONCIENCIA

Habitualmente, en el caso de Humberstone y Santa Laura, las personas tienden a creer que el monumento histórico es sólo la zona urbana e industrial, que cuentan con cierta delimitación. No obstante los sucesivos decretos de declaración de Monumento Histórico establecen que tanto campamento, zona industrial, torta de ripios y elemento asociados están protegidos por la ley.

Y más aún, se suma a ello la denominación de Sitio Patrimonio Mundial, que incorpora parte de la zona de extracción calichera y sitios asociados.

Ante ello, todo daño ocasionado al sitio, está sujeto a ser sancionado con la aplicación de la ley, que contempla drásticas medidas. Y ello también se aplica para quienes se llevan “recuerdos”, de origen patrimonial que encuentran en los suelos de la pampa, e inclusive, expuestos en salas.

El llamado de la Corporación Museo del Salitre, es a entender el sentido de la ley y a instruirse sobre la normativa para no incurrir en situaciones involuntarias, por desconocimiento. No obstante históricamente ha habido saqueos o “huaqueos”, como se conoce en la jerga, que apunta a todos aquellos que en su momento se dedicaron a desmantelar las oficinas salitreras y sus vestigios extrayendo la madera de pino oregón, sacando rieles y objetos asociados al sistema de ferrocarriles; muebles y objetos varios. Y todo ello, con fines comerciales.

Silvio Zerega, en su calidad de Director Ejecutivo de la Corporación, señaló que “afortunadamente en los últimos años hay mayor conciencia sobre el patrimonio y las personas tienden a no causar daño, porque entienden que en ello también, hay parte de nuestra identidad como Región”. También destacó la labor educativa que en ese sentido, realizan las agrupaciones de pampinos, que se levantan como los principales defensores de los vestigios y la cultura pampina.

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