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Ya no es necesario realizar la constancia en Carabineros en caso de extravío, robo o hurto de la cédula de identidad u otros documentos... Registro Civil reemplaza a Carabineros en bloqueo de documentos personales

cedula identidadYa no es necesario realizar la constancia en Carabineros en caso de extravío, robo o hurto de la cédula de identidad u otros documentos de identificación, ya que de acuerdo a la Ley n° 19.948, este trámite carece de validez legal en caso de posibles delitos que pudiesen cometerse por la mala utilización de estos.

De acuerdo a la normativa el trámite del bloqueo de documentos como la cédula de identidad, el pasaporte o la Licencia de Conducir, deben realizase obligatoriamente en el Servicio de Registro Civil e Identificación.

El propósito de esta iniciativa es que este procedimiento sea más expedito para el afectado y liberar a Carabineros de tareas administrativas para abocarse preferentemente al trabajo preventivo y en terreno.

Esta solicitud puede efectuarse temporalmente por internet al sitio web www.RegistroCivil.cl o vía telefónica al Call Center 600 370 2000, la cual tendrá una vigencia de dos días hábiles desde que se solicite, o directamente en las oficinas del Registro Civil la que tiene carácter definitivo.
Sólo en caso que el solicitante requiera efectuar una denuncia por el robo o hurto de estos documentos debe recurrir a Carabineros, con el objeto de perseguir la responsabilidad del autor de este ilícito.
De esta forma, bastará con exhibir el comprobante del bloqueo expedido por el Servicio de Registro Civil e Identificación para eximir de responsabilidad a quienes hayan sido afectados por la pérdida, robo o hurto de sus documentos personales

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