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Los hechos ocurrieron en diciembre de 2021 en Alto Hospicio. El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique ya dictó el  veredicto... Familia pide prisión efectiva sin beneficios, para conductor de tracto-camión que atropelló y dio muerte a nieto de 15 años y su abuelo de 63

Los hechos ocurrieron en diciembre de 2021 en Alto Hospicio. El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique ya dictó el  veredicto condenatorio en contra de Jaime Amurrio Véliz. La sentencia se leerá este miércoles 19.

Esperando que el conductor de un tracto-camión de transporte, que provocó la muerte de dos integrantes de la familia, dejando,  un adolescente de 15 años y su abuelo; y a una tercer familiar herido de gravedad, sus seres queridos esperan que el tribunal que leerá la sentencia este miércoles 19, dicte prisión efectiva, sin beneficio para  J.A.V. A su vez llamaron a la comunidad a estar atentos, porque cualquier persona puede ser victima de un conductor o conductora irresponsable.

Los hechos ocurrieron  hace dos años y medio, el 11 de diciembre de 2021, en la comuna de Alto Hospicio.  Fue una verdadera tragedia que dejó marcada para siempre a la familia del joven Johan Paillao Lay de 15 años, que murió en el lugar-  y de su abuelo Próspero Lay González de 63, falleciendo dos días después. Ambos cruzaban la calle junto a Patricia Cebas Escobar, que resultó con fracturas graves que la dejaron con secuelas permanentes.

Patricia, esposa de Próspero y abuela de Johan, no solo quedó con el trauma físico, que impactó en su calidad de vida para siempre; también la dañó en lo emocional y psicológico, al igual que a otros integrantes de la familia, especialmente a los hermanos del joven, que están con tratamiento psicológico y psiquiátrico.

La madre e hija de las víctimas, Nataly Lay Cabas, espera la máxima sanción para el conductor, a quien califica como “un verdadero asesino”, ya que fue imprudente al virar con el camión, pese a que la presencia de vehículos estacionados, impedían la maniobra. “Sin embargo aceleró y no tuvo piedad de atropellar y matar a personas inocentes”, dice aún con el dolor a flor de piel.

VEREDICTO

Recordemos que tras varios días de juicio, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique dictó el pasado jueves 13 de junio, el  veredicto condenatorio en contra del conductor al que sólo identificado por las iniciales J.A.V. , en calidad de autor de dos cuasidelitos de homicidio simple (Por Johan y Próspero)  y un cuasidelito de lesiones graves (por  Patricia). Así, en resolución unánime, el tribunal dio por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos como la participación culpable de Amurrio en los hechos

En la causa, en un primer momento, el tribunal decretó la absolución de J.A.V. de la imputación formulada en su contra por el Ministerio Público que lo sindicaba como autor del delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de todo accidente en que se produzcan lesiones.

El tribunal adquirió la convicción, más allá de toda duda razonable, que:

 “el 11 de diciembre de 2021, cerca de las 21:10 horas, el acusado conducía el tracto camión marca Mack, modelo Cxu, 613, color blanco, placa patente CZYB.39, con semiremolque marca Goren, color rojo, patente JJ.4564, por calle Pampa Perdiz en dirección al norte y, al llegar a calle Los Nogales, en la comuna de Alto Hospicio, intentó realizar un viraje hacia la izquierda por la segunda vía, lo que no pudo hacer debido a dos vehículos estacionados en la esquina, uno por la primera arteria, marca Honda, modelo Civic, color azul, placa patente HSJP.67, y el segundo, en la segunda calle, marca Hyundai, modelo Tucson, color blanco, patente PYRH.68, por lo que realizó más de una maniobra de retroceso a fin de virar, sin lograrlo y quedar atravesado y detenido momentáneamente en el cruce”.

“Debido a lo que ocurría, se aproximaron vecinos del sector, entre ellos Próspero Lay González, que se ubicó en la calzada, al costado izquierdo de la puerta del chofer del tracto camión por calle Los Nogales, delante del vehículo marca Hyundai, modelo Tucson de color blanco, para pedir al conductor que parara, el que exigió que sacaran los vehículos. Además, concurrió al lugar J.P.L., de 15 años, y Patricia Cabas Escobar junto a unos familiares. Situación en la que, el acusado, luego de al menos 15 minutos, pese al conocimiento sobre la presencia de gente en el lugar, el espacio acotado por el cual circulaba, el tamaño del tracto camión y semiremolque que conducía y el lugar en que se habían ubicado las personas antes mencionadas, reinició la marcha de manera negligente y luego de impactar a los vehículos ubicados en la intersección de las calles, con el semirremolque atropelló a J.P.L., causándole un traumatismo encéfalo craneano grave abierto, que le causó la muerte; a Próspero Lay González, quien resultó con un politrauma, fractura de fémur, entre otras lesiones, de carácter graves, el que fue hospitalizado y falleció días después por un trombo embolismo pulmonar compatible con lesiones vasculares, producidas por un accidente de tránsito tipo atropello y a Patricia Cabas González, quien resultó con una fractura expuesta de pierna derecha, de carácter grave”, detalla el acta de deliberación.

“De acuerdo al suceso descrito, se ha descartado la calificación efectuada por el Ministerio Público de considerarlo constitutivo de dos delitos de homicidio simple consumados y uno frustrado, por no existir en el agente la intención de conseguir el resultado que era posible, ni bajo el conocimiento de las consecuencias que su actuar podría producir, aceptándolas”, señala la resolución.

Respecto del delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de todo accidente en que se produzcan lesiones:

“…se procederá a absolver al acusado, por cuanto la norma exige el conocimiento de haber ocasionado la muerte o las lesiones a que refiere, elemento que no concurre debido a que solamente conocía la posibilidad de producción del resultado mediante la realización de la conducta, el que rechaza. De modo que no es posible en base a esta premisa atribuirle el conocimiento inicial para, de manera copulativa, haberse detenido, prestar la ayuda necesaria y dar cuenta a la autoridad del suceso”.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por el magistrado Ibacache Cifuentes– quedó fijada para las 12:50 horas del miércoles 19 de junio próximo.

Es allí donde la familia llama a los agentes de la justicia, para que  el autor del doble crimen sea condenado a prisión efectiva sin beneficios, como declaró Nataly Lay Cabas, la doliente madre e hija.

En su calidad de integrante de la Agrupación de Víctimas Viales, Nataly llamó a la comunidad a seguir atenta la lectura de la sentencia y a tomar conciencia que estos delitos “son verdaderos asesinatos, que le pueden ocurrir a cualquiera, por la imprudencias de un conductor”.

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