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La Corte de Apelaciones de Iquique acogió a tramitación el recurso de protección interpuesto en contra de la Dirección General de Aguas (D.G.A.), por... Acogen recurso de protección interpuesto por comuneros indígenas contra de la Dirección General de Aguas

La Corte de Apelaciones de Iquique acogió a tramitación el recurso de protección interpuesto en contra
de la Dirección General de Aguas (D.G.A.), por dirigentes y comuneros indígenas de la
“Coordinadora de Defensa del Agua y la Tierra del Tamarugal”. La acción se realizó con el apoyo del «Colectivo por la Defensa del Abya Yala, patrocinada por los abogados Karenn Díaz Campos y Claudio Vila Bustillos, quienes consideran que es un paso importante el que se ha dado en la lucha por la protección de los derechos de los pueblos indígenas de la pampa del Tamarugal y el agua.

En concreto, las comunidades indígenas de Tamarugal demandan la derogación de la Resolución N°245 del 2009, y la realización de una consulta indígena según los estándares internacionales.

Denuncian que, estando ya vigente en Chile el Convenio N°169 de la O.I.T., la D.G.A. no realizó consulta indígena, ni proceso participativo alguno, para el establecimiento de las medidas administrativas que la señalada resolución impuso sobre el acuífero del Tamarugal, vulnerando  de esta forma, el Estado, los derechos indígenas consagrados en el Convenio N°169, como en otras normas internacionales ratificadas por Chile.

Dentro de las medidas administrativas que se impusieron por la D.G.A. están, por una parte, el impedimento para constituir nuevos derechos de agua, lo que afecta el derecho de propiedad ancestral sobre el territorio y sus recursos naturales a las comunidades indígenas del tamarugal, y por otra, impone la creación de una comunidad de aguas subterráneas en la que la empresa sanitaria Aguas del Altiplano tiene el control del 59% de los derechos de aguas constituidos en dicho acuífero, lo que significaría que ésta podría llegar a administrar por si sola dicho acuífero.

Estas medidas administrativas vulneran los derechos de propiedad ancestral sobre el territorio y sus recursos naturales, el derecho a la identidad cultural y el derecho a desarrollar actividades productivas ancestrales de los pueblos indígenas de la Pampa del Tamarugal.

La importancia de que se haya acogido a tramitación el recurso de protección está dado por el hecho de que en principio se acogería, por parte de la Corte de Apelaciones de Iquique, la tesis del “acto de desarrollo continuo y permanente en el tiempo” que provoca una perturbación permanente de los derechos constitucionales de los pueblos indígenas pese a que han transcurrido casi 8 años desde la dictación de la Resolución N°245/2009 de la D.G.A.

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