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Un recorrido por el centro de la ciudad de Iquique para reforzar el llamado a respetar el feriado irrenunciable de los trabajadores del comercio... Difunden la normativa para respetar el 1 de mayo como feriado irrenunciable

feriado irrenunciableUn recorrido por el centro de la ciudad de Iquique para reforzar el llamado a respetar el feriado irrenunciable de los trabajadores del comercio este 1° de mayo, realizaron autoridades regionales, encabezadas por el intendente Mitchel Cartes.

Los feriados irrenunciable son los 1 de mayo;  los 18 y 19 de septiembre, más el 25 de diciembre y el 1 de enero de cada año. “Se han instaurado como feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores del comercio, por lo que instamos a los empleadores a respetar la medida que busca privilegiar el descanso y la vida familiar”, sostuvo Cartes.

Se exceptúan del feriado irrenunciable aquellas personas que se desempeñan en clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret, casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; además de aquellas que expenden combustibles, las farmacias de urgencia y las farmacias que deban cumplir turnos fijados con antelación por la autoridad sanitaria.

 El seremi del Trabajo Jaime Hip, explicó que de acuerdo a lo previsto en el artículo 2 de la Ley 19.973, modificada por las leyes 20.215 y 20.629, los locales deberán estar cerrados desde las 21:00 horas del jueves 30 de abril y hasta las 06:00 horas del día 02 de mayo.

“La excepción se presentará en caso que los trabajadores se desempeñen en turnos rotativos de trabajo, en el cual estos podrían prestar servicios entre las 21:00 y las 00:00 horas del día 30 de abril o entre 00:00 y las 06:00 del día 02 de mayo cuando el respectivo turno incida en dichos periodos”, dijo

 En caso de no cumplir la normativa, las infracciones a este descanso de feriado obligatorio e irrenunciable serán sancionadas con multas que van desde los 216 mil 200 pesos hasta los 864 mil 800 pesos por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el personal contratado por la empresa, así que toda la ganancia generada podría irse para cubrir las infracciones.

La directora subrogante de la Dirección del Trabajo, Natalia Avendaño, expuso que los trabajadores sorprendidos en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo. Enfatizó que los locales comerciales atendidos por sus propios dueños pueden abrir durante ambos días feriados.

“El dato que manejamos del año pasado es que en todo el país solo 19 trabajadores debieron terminar sus turnos al ser sorprendidos trabajando ilegalmente, mientras que la Dirección del Trabajo cursó multas por casi 4 millones de pesos, una cifra que por cierto queremos reducir”, puntualizó la encargada de las fiscalizaciones, quien indicó que cualquier consulta o denuncia puede hacerse anónimamente a través de la página www.direcciondeltrabajo.cl o el portal www.dt.gob.cl.

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