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A partir del viernes 1 de marzo, Chile será libre de humo de tabaco en todo espacio cerrado accesible al público, además de estadios.... Tolerancia cero para los fumadores: el 1 de marzo entra en vigencia nueva ley

Ministro SaludA partir del viernes 1 de marzo, Chile será libre de humo de tabaco en todo espacio cerrado accesible al público, además de estadios. La nueva ley también prohíbe todo tipo de publicidad del tabaco, tanto directa, indirecta y en puntos de venta.

La ley que entra en vigencia pasado mañana dispone la prohibición de fumar: ‘’En las galerías, tribunas y otras aposentadurías destinadas al público en los recintos deportivos, gimnasios o estadios. Esta prohibición se extiende a la cancha y a toda el área comprendida en el perímetro conformado por dichas galerías, tribunas y aposentadurías, salvo en los lugares especialmente habilitados para fumar que podrán tener los mencionados recintos’’, precisó el ministro de Salud, Jaime Mañalich, quien visitó el Estadio Nacional, para promocionar la nueva ley que entra en vigencia el próximo viernes.

La normativa busca proteger la salud del conjunto de la población, en particular de quienes han elegido no fumar y de los niños y adolescentes.

El ministro de Salud, Juan Mañalich explicó que en el caso de los recintos deportivos o estadios cerrados esta facultad de permitir fumar en un espacio acotado no rige, por entrar en la categoría de espacio cerrado, los que la ley garantiza deben ser libres de humo de tabaco.

El Secretario de Estado informó que las 15 seremis de Salud del país solicitaron a las administraciones de los estadios y centros deportivos bajo su jurisdicción que informen de las medidas que tomarán  antes del 1 de marzo.

Las multas alcanzan tanto al infractor como al administrador del estadio.  En el caso del infractor la ley dispone una multa de 2 unidades tributarias mensuales, equivalentes a 80.000 pesos al fumador que contravenga la prohibición de fumar.

La nueva normativa, explica ministro de Salud, no vulnera los derechos de los fumadores, ya que los ambientes libres de humo no violan el derecho a fumar, sino que protegen el derecho de los no fumadores a respirar aire no contaminado.

¿Dónde Fumar?

Se puede fumar al aire libre y en los lugares autorizados que cuenten con espacios habilitados, y no se puede fumar en lugares cerrados accesibles al público o de uso comercial colectivo. Se entiende por espacio cerrado todos aquellos cubiertos por un techo que esté pegado a una o más paredes.

En los hoteles sólo se puede fumar en lugares al aire libre. No está permitido hacerlo en las habitaciones no en lugares comunes cerrados. Tampoco se puede fumar en el interior de un centro comercial, sólo se puede hacer en patios exteriores o espacios abiertos.

Está prohibido fumar en todos los espacios cerrado de uso público, además de los estadios.

La fiscalización del cumplimiento de esta ley es de las Seremis de Salud y de los inspectores municipales, quienes deben denunciar lo que constaten ante los Juzgados de Policía Local, quienes en definitiva aplican la sanción.

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